La nueva reglamentación de la Ley Nacional de Receta Electrónica, dispuesta a través del Decreto 345/2024, rige desde este lunes y a partir de la misma las prescripciones de medicamentos, órdenes de estudios y prácticas indicadas por profesionales de la salud que fueron realizadas tradicionalmente en papel comenzarán a efectuarse a través de plataformas digitales.
La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas.
En el marco de estrategias para la implementación de las recetas electrónicas, el Ministerio de Salud de la Nación comenzará esta semana un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de plataformas digitales, de profesionales y de recetarios. Las actividades se realizarán a través de conversatorios y talleres.
Como soporte de comunicación y de acceso a la información, se desarrolló, además, una página web de “Receta electrónica” en el sitio oficial del Ministerio que cuenta con información detallada sobre la implementación de la citada receta con información general y específica para la comunidad, farmacias y profesionales de la salud. En la página también se ofrecen instructivos y se describen requisitos de inscripción, normativas, gestión de trámites, entre otros datos de interés.
También se encuentran disponibles distintos espacios de consulta con modalidad presencial para las provincias, y para la comunidad una línea telefónica 0800 (0800-222-1002), y una casilla oficial de correo electrónico receta@msal.gov.ar.
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