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Gobierno reglamentó la Ley de creación del Registro Único de Aspirantes a la Adopción

«La reglamentación permitirá además poder acceder a datos estadísticos de la cantidad y el tipo de guardas con miras a adopción que se otorguen en la Provincia», explicó la Lic. Adriana Tourn, del equipo técnico del Registro Único de Aspirantes a Guardas con Miras a Adopción.

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Tourn explicó que «la ética de la Registración con relación a la temática de adopción exige inscribir, mediante evaluaciones y garantía de aptitud, a todas aquellas familias que deseen brindar una familia a un niño que la necesita y que carece de ella». Agregó que «es el Derecho del niño el que atiende la Institución de la Adopción y en este sentido los registros deben garantizar que las familias guarden las condiciones necesarias para que el niño no sufra una doble situación de abandono».

En cuanto a la adopción y a la regularización de guardas, la funcionaria comentó que «culturalmente, se piensa en la adopción como un recurso para aquellas familias que no pueden tener hijos y así se confunde el verdadero deber del Estado, suponiéndose viable inscribirse en los registros para regularizar guardas de hecho o facilitar mediante la inscripción la búsqueda de niños por el resto del país».

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