El sistema previsional fueguino dejó de percibir durante más de seis años el aporte personal adicional previsto para sostener su Fondo de Sustentabilidad. La omisión, que alcanza a los agentes cuyas remuneraciones superan la asignación básica remunerativa del Gobernador, fue constatada por el Tribunal de Cuentas mediante la Resolución Plenaria 123/26, emitida el 26 de agosto pasado.
Según publica El Diario del Fin del Mundo en su edición de este miércoles, la auditoría estableció que desde el 1° de enero de 2020 la Administración Central no liquidó ni retuvo el aporte incorporado al artículo 8° bis de la Ley 561. El incumplimiento fue posteriormente confirmado por el Ministerio de Economía, de acuerdo con las actuaciones analizadas por el organismo de control.
El régimen había sido creado a fines de 2017 y modificado dos años después. Establece una retención adicional del 15% sobre el tramo de la remuneración que exceda el básico remunerativo del Gobernador, con afectación específica al financiamiento del sistema previsional provincial.
La resolución no determina todavía el monto que dejó de ingresar a la Caja de Previsión, pero ordena avanzar en la reconstrucción de las sumas omitidas, su eventual regularización y el análisis de las consecuencias patrimoniales y jurídicas que pudieran derivarse de la falta de aplicación de la norma.
En ese marco, el Tribunal otorgó 15 días al ministro de Economía, Alejandro Barrozo, para que informe la metodología que se utilizará para determinar los importes adeudados desde el inicio de la obligación. También deberá detallar las medidas adoptadas y precisar cuándo comenzará a aplicarse efectivamente el aporte.
El mismo plazo fue concedido al presidente de la Caja de Previsión, Roberto Bogarín. Deberá informar qué acciones se realizaron para controlar la percepción de esos recursos, si existieron reclamos o determinaciones de deuda y una estimación preliminar, seguida de otra definitiva, sobre las acreencias que pudieran corresponder al sistema.
La reconstrucción demandará definir cuál fue, en cada mes del período bajo revisión, la asignación básica remunerativa del Gobernador. Ese valor constituye el umbral a partir del cual corresponde descontar el 15% adicional.
Hasta fines de 2020, la Ley 855 fijaba esa referencia sobre el promedio de las remuneraciones de los intendentes de Ushuaia y Río Grande, incrementado en un 5%. Luego, la Ley 1333 estableció que el haber mensual, habitual y permanente del Gobernador equivale a seis veces el básico de la categoría E del Escalafón Profesional Universitario, equiparada a la categoría A3 del Tribunal de Cuentas.
Desde septiembre de este año, el básico A3 fue fijado en $1.159.419,23, por lo que la asignación básica remunerativa del Gobernador asciende a $6.956.515,38. También deberá resolverse si corresponde tomar el haber legal o el efectivamente percibido durante las autolimitaciones salariales dispuestas por Gustavo Melella, una definición que puede modificar el universo alcanzado y los montos sujetos al aporte.
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