Los cambios de horarios y la cancelación de vuelos de Floybondi se han convertido en una costumbre que colma de inconvenientes y perjuicios a los pasajeros, gracias a la falta de acción de las autoridades encargadas de controlar los servicios y defender al consumidor.
Bien lo saben quienes se han atrevido a sacar pasaje en la low cost para volar desde o hacia Ushuaia, destino al cual numerosos servicios han sido anulados en los últimos 15 días, para sufrimiento de los frustrados pasajeros a los que nadie compensa por los inconvenientes provocados por la compañía y sus constantes incumplimientos.
Para más, desde enero pasado, el sufrimiento alcanza y se agrava para oriundos de la ciudad de Río Grande, obligados a trasladarse hasta Ushuaia en virtud del cierre del aeropuerto local, y que son anoticiados de la cancelación de su vuelo a pocas horas de despegar.
Reparación vía judicial
De tantos miles de perjudicados, unos pocos tienen decisión y medios para reclamar por vía judicial, buscando una reparación al menos parcial de los padecimientos atravesados.
En Buenos Aires un juez condenó a la aerolínea Flybondi a indemnizar con $4,5 millones a una pareja que sufrió demoras en un vuelo desde Salta hacia Buenos Aires y denunció haber quedado desamparada durante la espera en el aeropuerto.
La sentencia consideró acreditado que la empresa incumplió el contrato de transporte al reprogramar el vuelo sin brindar asistencia adecuada a los pasajeros, aunque rechazó los reclamos vinculados a presuntas consecuencias en la salud de la mujer embarazada.
Espera sin asistencia
El caso no es muy distinto de lo que muchos fueguinos han sufrido por culpa de Flybondi. Según la demanda, la pareja había viajado a Salta en mayo de 2023. El regreso estaba previsto para la noche del 25, pero el vuelo fue reprogramado para la madrugada siguiente. Durante ese lapso, permanecieron en el aeropuerto sin acceso a alojamiento, comida ni agua suficiente.
La situación fue especialmente delicada porque la mujer cursaba el cuarto mes de embarazo. Los demandantes relataron que debieron pasar la noche en el piso, en condiciones de frío y sin contención por parte de la aerolínea.
El fallo tuvo por probado que Flybondi no acreditó haber brindado los servicios mínimos exigidos ante demoras prolongadas, como alojamiento o refrigerios, ni logró demostrar una causa que justificara el incumplimiento.
Consumidora “hipervulnerable”
El juez Marcelo Gota destacó que la pasajera debía ser considerada una “consumidora hipervulnerable” por su estado de embarazo, lo que imponía un deber reforzado de cuidado por parte de la empresa.
En ese marco, entendió que la demora y la falta de asistencia generaron angustia, incertidumbre y pérdida de tiempo, configurando un daño moral indemnizable.
Por ese concepto, fijó una compensación de $3 millones para la mujer y $1,5 millones para su pareja.
No obstante, el magistrado rechazó los rubros más elevados del reclamo —que superaban los $90 millones— al considerar que no se probó una relación causal entre la demora del vuelo y las complicaciones en el embarazo.
La pareja había sostenido que el estrés y las condiciones sufridas derivaron en una infección que afectó al feto. Sin embargo, el tribunal consideró que esa hipótesis resultaba “especulativa” y no estaba respaldada por evidencia suficiente. También fueron desestimados los pedidos por daño psicológico y daño punitivo. Se trata de una sentencia de primera instancia que podría ser apelada.
Mientras tanto, los abusos de Flybondi por su mal servicio continúan sin control de las autoridades.
(Con información de Justicia de Primera)
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