La atención domiciliaria es una modalidad de cuidado que permite a personas con condiciones crónicas, postquirúrgicas o en tratamiento prolongado, recibir asistencia profesional en el confort del hogar. Este tipo de servicio se ha consolidado como una opción cada vez más elegida por pacientes y familias en todo el país, incluyendo regiones como Tierra del Fuego.
Sin embargo, una de las dudas más frecuentes es qué tipo de prestaciones están obligadas a cubrir las obras sociales y qué derechos tienen los afiliados ante este tipo de tratamientos.
Qué contempla la cobertura por ley
Según la legislación vigente en Argentina (Ley 24.901 y resoluciones complementarias), las obras sociales y prepagas deben cubrir integralmente la atención domiciliaria en casos donde:
- El paciente no requiera internación hospitalaria permanente
- Exista indicación médica documentada
- La atención se realice con equipos habilitados y profesionales matriculados
Las prestaciones mínimas incluyen:
- Visitas médicas periódicas
- Servicios de enfermería (aplicación de inyectables, curaciones, control de signos vitales)
- Kinesiología, fonoaudiología u otras terapias necesarias
- Medicación y elementos descartables vinculados al tratamiento
Además, si se trata de pacientes con discapacidad, adultos mayores o personas con enfermedades crónicas, el alcance de la cobertura suele ser más amplio.
Empresas prestadoras y experiencia en el rubro
En Buenos Aires, una de las empresas con mayor trayectoria en este tipo de servicios es Grupo Medincare, que ofrece atención domiciliaria interdisciplinaria con profesionales de enfermería, médicos, cuidadores y técnicos especializados. Con sede en CABA, atienden casos complejos y coordinan internación domiciliaria con calidad hospitalaria para pacientes de todas las edades.
Aunque Grupo Medincare no opera directamente en Tierra del Fuego, su modelo sirve como referencia nacional sobre cómo debe funcionar un sistema profesional de atención en casa, incluyendo coordinación con obras sociales, diseño de planes personalizados y enfoque en calidad de vida.
Opciones en tierra del fuego
En el ámbito local fueguino, existen prestadores que trabajan bajo convenio con obras sociales nacionales y provinciales. Entre ellos se destacan:
- T&C Salud: con servicios de enfermería, atención paliativa y rehabilitación domiciliaria
- Cuidados en Casa Ushuaia: especializados en asistencia postoperatoria y seguimiento clínico en adultos mayores
Ambas organizaciones operan con profesionales locales y ofrecen cobertura mediante obras sociales como PAMI, OSDE, OSECAC, entre otras.
Claves para gestionar la cobertura
Para acceder a este derecho, es fundamental:
- Solicitar una orden médica con indicación clara del tratamiento domiciliario
- Presentar la documentación en la obra social y hacer el seguimiento de su aprobación
- Verificar que el prestador elegido esté habilitado y tenga convenio con la obra social correspondiente
- En caso de rechazo, se puede iniciar un reclamo ante la Superintendencia de Servicios de Salud
Una modalidad que crece también en el sur
La atención domiciliaria permite evitar internaciones innecesarias, mejorar la contención familiar y reducir costos al sistema de salud. En ciudades como Río Grande o Ushuaia, donde el acceso hospitalario puede presentar límites, este tipo de servicio representa una alternativa valiosa y en expansión.
Conocer qué deben cubrir las obras sociales ayuda a ejercer el derecho a una atención médica de calidad, cerca de los afectos y con equipos preparados para acompañar cada etapa del proceso terapéutico.
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