El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego resolvió, por mayoría, hacer lugar al recurso de casación presentado por la defensa de Germán Alfredo Sopena, anular la condena dictada en 2024 y absolverlo por el accidente de tránsito ocurrido en Río Grande el 28 de octubre de 2021, en el que murió Santiago Matías Liquin y resultó herido Matías Ezequiel Berger.
El voto principal fue del juez Javier Darío Muchnik, acompañado por Ernesto Adrián Löffler y Carlos Gonzalo Sagastume. La jueza María del Carmen Battaini votó en disidencia, defendiendo la confirmación de la condena.
Antecedentes
En 2024, el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte había impuesto a Sopena 3 años de prisión en suspenso, inhabilitación para conducir por cinco años y costas, por homicidio culposo y lesiones graves culposas en concurso ideal.
Según esa sentencia, la noche del hecho Sopena conducía un Dodge Journey por av San Martín a una velocidad estimada de 65,23 km/h (proyección del peatón) o 65,18 km/h (desaceleración), superando el límite de 60 km/h, y con 0,32 g/l de alcohol en sangre.
Argumentos de la defensa
Al apelar la condena, la defensa sostuvo que:
- La alcoholemia estaba dentro del límite permitido por ley nacional.
- Las pericias de velocidad eran cuestionables.
- No se probó el nexo causal con certeza.
- El testimonio de Berger (herido en el accidente y único testigo presencial) tenía deveras inconsistencias.
- Correspondía aplicar la premisa in dubio pro reo y absolver al acusado por el beneficio de la duda.
«El defensor también argumentó que Matias Berger -la victima sobreviviente- mintió sobre el recorrido que hicieran junto a su amigo Santiago Liquin antes del accidente, que le aparecieron por sorpresa a Sopena desde el lado ciego del vehiculo -izquierdo-, y que se encontraban en estado de ebriedad, realzando la supuesta responsabilidad de aquellos en el hecho«
(del fallo del STJ)
Fundamentos de la mayoría
La mayoría del STJ encontró dudas determinantes sobre:
- La mecánica exacta del cruce.
- La zona de embestimiento.
- La repercusión de estos factores en la velocidad estimada y en la causalidad.
Consideró que la sentencia de juicio no analizó a fondo estas cuestiones, por lo que correspondía absolver.
«Las expertas no pudieron establecer fehacientemente la circulación que realizaron Matias y Santiago, es decir, no se pudo comprobar con los indicios colectados si provenían del cantero (cordón) o en sentido inverso…»
(del fallo del STJ)
La disidencia
La jueza Battaini sostuvo que el fallo original estaba bien fundado, enfatizando:
- Alcoholemia positiva en municipio con tolerancia cero.
- Exceso de velocidad.
- Falta de atención y deber de cuidado incumplido.
Resolución
El Superior Tribunal decidió:
- Hacer lugar al recurso.
- Casar la condena.
- Absolver a Sopena.
- Eximirlo de costas.
Tabla del caso
Fecha: 28/10/2021 – 23:50 hs
Lugar: Av.San Martin y Finocchio – Río Grande
Fallecido: Santiago Liquín
Lesionado: Matías E. Berger
Velocidades estimadas: 65,23 y 65,18 km/h
Alcoholemia en el conductor : 0,32 g/l
(radiofueguina.com, con recursos de la I.A.)
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