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Paro con límites

El Gobierno redefine servicios esenciales

El Gobierno Nacional limitó el alcance de las huelgas en sectores clave como salud, transporte, educación y telecomunicaciones.

El Gobierno Nacional limitó el derecho a huelga a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, al ampliar el listado de actividades consideradas esenciales, que deberán garantizar entre un 50% y 75% de funcionamiento durante conflictos sindicales.

Según el artículo 3 del DNU, publicado en el Boletín Oficial, expresa que “los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”. Para los servicios esenciales, la cobertura no podrá ser menor al 75%, mientras que para las actividades trascendentales el mínimo será del 50%.

La nueva normativa expande el listado previo —que incluía servicios sanitarios, agua potable, energía, telefonía y control aéreo— e incorpora sectores estratégicos como la salud, el transporte, la educación y las telecomunicaciones.

Entre las actividades ahora consideradas esenciales se encuentran: el transporte y distribución de medicamentos, servicios farmacéuticos, comunicaciones por internet y satélite, servicios aduaneros y migratorios, educación en todos sus niveles, y actividades vinculadas al transporte marítimo y portuario, entre otros.

El decreto fue firmado por el presidente Milei y ministros clave del Gabinete, como Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Patricia Bullrich (Seguridad), Luis Caputo (Economía) y Federico Sturzenegger (Desregulación del Estado).

La medida fue rápidamente rechazada por sectores sindicales. Hugo “Cachorro” Godoy, titular de la CTA Autónoma, acusó al Gobierno de avanzar con una “nueva ofensiva autoritaria” y recordó que el DNU 70/23, con lineamientos similares, ya fue declarado inconstitucional. “No lo vamos a permitir”, expresó a través de su cuenta en X.

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