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En la vía pública

En Ushuaia, habrá multas de hasta $18 mil por arrojar colillas de cigarrillos

Además, los infractores deberán hacer hasta 10 horas de trabajo comunitario y asistir a cursos de capacitación sobre la preservación del medio ambiente.


En el marco de una nueva sesión ordinaria del Concejo Deliberante de Ushuaia, se sancionó por unanimidad la ordenanza que establece una nueva forma de abordar la problemática de la contaminación por colillas de cigarrillo; con un régimen de sanciones que prevé multas de hasta $18 mil para quienes arrojen estos residuos en la vía pública.
Los concejales de Ushuaia aprobaron la iniciativa presentada por ‘A Limpiar Ushuaia’, por lo que las colillas serán consideradas como ‘Residuos Sólidos Urbanos sujetos a manejo especial’ y deberá generarse un plan de gestión ambiental diferenciado del resto de los residuos.
La ordenanza sancionada con el acompañamiento de la totalidad de los ediles establece un régimen de multas por arrojar colillas en la vía pública, que va de 100 a 250 UFAs –equivalentes a $18.250 en la actualidad-; hasta 10 horas de trabajo comunitario y asistencia a cursos de capacitación sobre la preservación del medio ambiente.
De acuerdo a la norma aprobada ayer, los fondos recaudados por este concepto serán destinados a programas de saneamiento y educación ambiental. Asimismo se estableció que se podrá coordinar entre comercios, edificios públicos y privados la instalación, el mantenimiento y la limpieza de un mínimo de 3 colilleros por cuadra, fijando sanciones de 250 UFAs por incumplimiento, o el doble en caso de reincidencia.
Cabe recordar que el proyecto presentado por el movimiento ‘A Limpiar Ushuaia’, ya había sido abordado junto a referentes de la agrupación en la comisión de Calidad de Vida y en la instancia de Debate Ciudadano.
El movimiento ambientalista, que también se replica en Tolhuin y Río Grande, impulsó anteriormente la ordenanza municipal Nº 5582 que establece la prohibición de entrega de descartables en comercios gastronómicos para consumo dentro del local; así como la ordenanza Nº 5829, que prohíbe la comercialización de hisopos descartables que contienen plástico.

Fuente: El Diario del Fin del Mundo

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