
El Juez Penal Mario Juliano, en extenso diálogo con Radio Fueguinoa, realizó un pormenorizado análisis de la polémica desatada en torno de la causa que tiene como condenado por homicidio al ex legislador provincial Luis del Valle Velázquez.
Velazquez permanece en prisión, condenado en principio por homicidio en perjuicio de un bebé de siete meses. La condena fue de 12 años de prisión bajo la acusación de homicidio simple.
En junio de 2013 la defensa del condenado casó el fallo ante el Superior Tribunal de Justicia, pidiendo una revisión de la condena y la excarcelación de Velázquez. Un año después, el pasado viernes 11, a horas de iniciar la Feria Judicial., el Superior Tribunal decide hacer lugar al recurso, casar parcialmente la resolución del Tribunal Oral y modifica (en una decisión que es inédita en la provincia) la sentencia, modificando la acusación para entender que se había cometido homicidio preterintencional. Ordena, asimismo los juzgadores que dicten nueva sentencia, conforme a la nueva acusación.
Apenas horas después, sin esperar a que el fallo del STJ quede firme, sin audiencia oral y sin consultar a la defensa y a la Fiscalía, los jueces del Tribunal Oral (dos de ellos, por encontrarse Magraner bajo licencia médica) dictan nuevo fallo, condenado ahora a Velázquez a cumplir cinco años de reclusión.
Concomitantemente, los jueces rechazan “in limine” el pedido de excarcelación, y ordenan que el condenado siga en prisión, conforme al monto de la condena (5 años)
Mario Juliano, juez en lo Penal del Tribunal Nro. 1 de Necochea y presidente de la ONG Pensamiento Penal, dedicado a la investigación sobre temas de Derecho Penal
Al respecto, el experto consideró que “hay un apresuramiento” de parte del Tribunal de Juicio, al haber “ejecutado la resolución del Superior Tribunal sin haber esperado a que la Defensa, o la Fiscalía pudieran haber articulado (o no) algún tipo de recurso ante la Corte _Suprema de Justicia de la Nación”.
Juliano cuestionó asimismo, que la nueva condena haya sido dejada en manos de los mismos jueces desautorizados por el STJ. “La nueva resolución debe ser dictada por jueces que no estén ‘contaminados’ Por el juicio anterior”, graficó.
Tras reprochar que no se haya escuchado a la defensa, al acusado y a la Fiscalía antes de dictar su segunda sentencia, el magistrado recordó que la pena de reclusión “se encuentra tácitamente derogada”, según jurisprudencia impuesta por la Corte en base a la Ley 24660, e interpretó que “podría tratarse de una pena ilegal”.
“No estaríamos lejos de una resolución nula, de nulidad absoluta”, sentenció Juliano para quien tampoco son admisibles algunos de los agravantes contemplados por Pagano Zavalía en su fallo.
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