El Dr. Francisco Giménez, defensor del ex legislador Luis del Valle Velázquez en diálogo con Radio Fueguina habló sobre el cambio de acusación que hizo el STJ, que de homicidio simple lo llevó a homicidio preterintencional del pequeño Aron Cano y por el cual fuera sentenciado Velázquez a la pena de 12 años de prisión.
Giménez expresó “Velázquez fue condenado a 12 años de prisión por homicidio simple, nosotros como defensa señalamos que el homicidio era homicidio preterintencional, es decir no bubo intención de matar y eso cambia la situación de Velázquez cambia”
“El Tribunal de juicio le aplicó cinco años de prisión a Velázquez por el delito preterintencional, pero lo apelaremos por que el fallo del STJ no estaba firme, además el Tribunal de Juicio ya había juzgado y con esta segunda condena es presunción”, dijo
Por otra parte el letrado ahora accionaremos contra los jueces por “privación ilegítima de la libertad”.
“Hasta hace unos años no era posible que el Superior Tribunal de Justicia revise un fallo por el cual condenaban a una persona. No se podía poner a analizar si estaba bien hecho, sino que podía meterse en otras cuestiones, como cambiar carátulas. Con la incorporación de los tratados internacionales, cada ciudadano condenado tiene derecho a que un tribunal superior revise el fallo. Si no, la arbitrariedad no tendría ningún tipo de control”, mencionó Francisco Giménez.
Asimismo Giménez dijo que “El Superior Tribunal de Justicia no está cuestionando los hechos que consideró probados: considera probado que hubo un zamarreo, una lesión y que eso produjo la muerte. Pero dice que eso está mal encuadrado legalmente y no es un homicidio simple, porque deberían probar que actuó con la intención de matar al bebé. En caso de duda, siempre se debe resolver a favor del acusado”.
Giménez fue consultado por qué el STJ decidió un nuevo juicio en el caso Agustina en vez de cambiar la sentencia, a lo cual respondió que “en caso de absolución no se puede cambiar el fallo por una condena, y por eso Lucas Gómez fue a un segundo juicio. En caso de condena, como ocurrió con Velázquez, el Superior sí puede absolver, aunque no lo hizo, sino que mandó el expediente para que el Tribunal de Juicio dicte una nueva pena, entre uno y cinco años”.
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