Un grupo numeroso de afiliados del Partido Justicialista ha sido inhibido por la conducción para presentar candidatura de cara a la interna partidaria, provocando un profundo malestar en aquellos que se encuentran inscriptos ya en carrera.
Concejales, legisladores y unos treinta funcionarios más, entre cargos políticos y funcionarios electos y designados, han recibido el oficio en el que el Secretario de Finanzas del Partido Justicialista Distrito Tierra del Fuego les informa que no podrán presentar candidaturas por dos períodos por encontrarse morosos en el aporte partidario, de acuerdo a lo previsto en el art. 47 inciso c) de la Carta Orgánica del PJ.
La disposición fue puesta en vigencia a partir de la modificación de la Carta Orgánica en febrero pasado y la Junta Electoral tiene la intención de hacerla respetar a rajatablas, siguiendo instrucciones del Consejo Provincial.
De acuerdo a información extraoficial recabada por Radio Fueguina, se verían afectados por la restricción casi la totalidad de afiliados que hoy ocupan cargos públicos, estimados en unos cuarenta. Sólo el concejal de Río Grande Esteban “Chiquito” Martínez y el secretario Legislativo del Concejo riograndense estarían en condiciones de tramitar el Libre Deuda partidario.
Entre los principales afectados por la severidad del planteo se encuentra el actual legislador Eduardo Barrientos, quien se postulaba para Presidente del partido y que también recibió la notificación inhibitoria por mantener una importante deuda en materia de aportes partidarios.
Lo que dice la Carta Orgánica:
TITULO IX
PATRIMONIO
Articulo 46º.-El patrimonio del PARTIDO JUSTICIALISTA estará formado por:
a) las cuotas partidarias, donaciones, bienes muebles e inmuebles.
b) Los aportes percibidos a través del Fondo Partidario Permanente, el cinco (5) por ciento de las retribuciones
que perciben los afiliados electos por el Partido Justicialista y todos aquellos que ocupen cargos Políticos cuando desempeñen Funciones Publicas.
Dicho porcentaje se distribuirá de la siguiente manera: el cincuenta (50) por ciento para el Consejo Provincial, el veinte (20) por ciento para el Congreso Provincial, el treinta (30) por ciento para los Consejos
Departamentales de Ushuaia, Río Grande y Tolhuin. La distribución de los mismos debe hacerlo mensualmente el Consejo Provincial. Dejándose establecido que por resolución el Consejo Provincial reglamentará su instrumentación.
c) El no cumplimiento del aporte partidario dará lugar a la suspensión por dos periodos consecutivos para ocupar cargos electivos y partidarios.
Articulo 47º.- Los fondos del PARTIDO JUSTICIALISTA serán depositados a su nombre por los organismos competentes en cuenta del Banco de la Nación Argentina y a la orden conjunta de tres (3) de los miembros de los
organismos ejecutivos. Los bienes adquiridos con fondos partidarios o de donaciones con tal objeto, se inscribirán a nombre del PARTIDO JUSTICIALISTA.

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