Los incidentes registrados en distintas ciudades del país durante los festejos por la victoria de la Selección Argentina de fútbol volvieron a instalar el debate sobre la actuación policial, la respuesta judicial y la tipificación de los hechos violentos. En ese contexto, el abogado Daniel Cesari Hernandez sostuvo que los episodios delictivos deben diferenciarse de las celebraciones populares y afirmó que el Estado tiene la obligación de intervenir cuando se cometen delitos.
“El festejo siempre debe quedar a un lado de los hechos delictivos que pudimos ver. No deberíamos englobar en la misma bolsa a las miles de personas que estuvieron presentes, no sólo en el obelisco, sino en otros puntos del país, festejando con un festejo realmente sentido y merecido”, expresó en ((La 97)) Radio Fueguina.
Sin embargo, advirtió el Dr Cesari que “siempre existe un grupo de personas” consideró necesario que la “justicia investigue si fueron hechos espontáneos, sin previa coordinación, o si por el contrario fueron hechos coordinados”, ya que “me llama la atención que se hayan producido hechos similares en puntos tan distintos del país”.
Respecto del concepto de represión, explicó el experto que “pareciera que el verbo reprimir tuviera una connotación negativa en materia legal, y en realidad es un verbo que es el utilizado por nuestro código penal”. Además recordó que “todos los artículos, todos los delitos tienen la utilización del verbo reprimir”, por lo que “no es una palabra pecaminosa hablar de represión en el marco del derecho penal”.

Añadió que reprimir “es el sinónimo de respuesta judicial y respuesta penal a un hecho” y remarcó que el martes “como se cometieron delitos, hay dos niveles del Estado vinculados al derecho penal que se vieron obligados a intervenir”, tanto la policía frente a hechos flagrantes como las fiscalías.
También precisó que la policía “no solamente tenía el derecho sino que tenía la obligación de intervenir”, primero ante una ocupación irregular de la vía pública y luego “frente a la reacción violenta de arrojarles elementos”.
Al analizar las conductas observadas durante los disturbios, señaló se pueden tipificar, entre ellos, “la resistencia a la autoridad, el atentado a la autoridad, las lesiones agravadas contra un policía”. Agregó que en Córdoba también “hubo robo en poblado y en banda”, por lo que insistió en que “todo esto está fuera del festejo”.
Sobre los ataques contra móviles policiales, indicó el letrado que constituyen “una de las versiones del denominado delito de daño agravado” y explicó que “romper un patrullero tiene una pena máxima de cuatro años”. Añadió que cuando un grupo de personas ataca a un patrullero o a la policía “en realidad lo que está atacando es el orden civilizado en el cual tenemos que vivir todos”.
Finalmente, Cesari Hernandez sostuvo que muchos de estos delitos admiten excarcelación inicial, aunque será el fiscal quien evalúe “los riesgos procesales” en cada caso. Afirmó que “la sociedad argentina tiene que vivir en el orden y en la paz”, mientras consideró indispensable contar con una policía “preparada, con buen sueldo, instruida y equipada como corresponde”, porque constituye la garantía para proteger a la comunidad cuando sea necesario intervenir.
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