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Presunto perjuicio fiscal

Tope salarial: La Corte cerró la última puerta y Raimbault deberá afrontar el juicio

La CSJN rechazó la queja del exvicegobernador fueguino y quedó firme el proceso por presunto perjuicio fiscal impulsado por el Tribunal de Cuentas. La causa está ligada a una vieja historia ligada al tope salarial a funcionarios.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de queja presentado por Manuel Raimbault y dejó firme el juicio de responsabilidad patrimonial que deberá afrontar el exvicegobernador de Tierra del Fuego, quien integró la fórmula de gobierno de Fabiana Ríos.

En una resolución dictada el 10 de febrero de 2026, el máximo tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario cuya denegación había originado la queja, con fundamento en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Además, dispuso la pérdida del depósito efectuado para recurrir.

El fallo fue suscripto por los tres ministros que integran actualmente la Corte Suprema. En un voto propio, el juez Ricardo Lorenzetti aclaró que la aplicación del artículo 280 no implica pronunciarse sobre el fondo ni confirmar expresamente la sentencia recurrida. No obstante, en términos procesales, la decisión deja firme lo resuelto por la Justicia fueguina.

Con este escenario, Raimbault deberá afrontar el juicio de responsabilidad patrimonial promovido por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, que lo señaló por un presunto perjuicio fiscal derivado de decisiones adoptadas durante su gestión como vicegobernador.

El expediente se originó tras la aplicación del tope salarial previsto en la Constitución fueguina —que impide que los funcionarios perciban una remuneración superior a la del gobernador— medida adoptada por Raimbault luego de asumir el 17 de julio de 2008, tras la renuncia de Carlos Bassanetti.

El artículo 73 inciso 4 de la Carta Magna provincial sancionada en 1991 señala que «la remuneración por todo concepto que perciban los empleados y funcionarios públicos, tanto electos como designados, de cualquiera de los tres poderes provinciales, organismos y entes descentralizados, en ningún caso podrá superar a la del Gobernador de la provincia».

Sin embargo, con distintos argumentos, ese mandato constitucional no fue acatado ni puesto en práctica por la gran mayoría de la dirigencia fueguina, aunque Raimbault decidió aplicarlo cuando estuvo a cargo de la presidencia de la Legislatura.

Dos integrantes del Parlamento accionaron judicialmente contra la medida, y cuando el vicegobernador ya no ejercía su cargo, obtuvieron un fallo favorable de la Justicia.

Tras la sentencia judicial, el Tribunal de Cuentas consideró que la fracasada decisión de Raimbualt y Ríos generó un daño al erario público y promovió la acción de daños y perjuicios. El planteo fue avalado en distintas instancias: el Juzgado Civil y Comercial N° 2, la Cámara de Apelaciones y finalmente el Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego.

Al quedar firme esa decisión, el proceso continuará en sede provincial hasta la realización del juicio correspondiente, donde se determinará la eventual responsabilidad patrimonial del exvicegobernador y el alcance económico que pudiera derivarse del fallo.

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