En un fallo que traslada el centro de la disputa institucional al máximo tribunal del país, el Juzgado Federal de Ushuaia se declaró incompetente para intervenir en la acción de inconstitucionalidad presentada por la Provincia de Tierra del Fuego contra la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN).
El juez Federal Federico Calvete resolvió remitir el expediente directamente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, argumentando que el conflicto encuadra de manera clara en su competencia originaria y exclusiva.
La decisión judicial surge como respuesta al planteo provincial que impugna la Resolución RESOL-2026-4-ANPyN-MECON. Dicha normativa, dictada por el organismo nacional, dispuso la intervención administrativa integral del Puerto de Ushuaia, abarcando su infraestructura y todos los aspectos de su gestión operativa, técnica y administrativa.
Para las autoridades fueguinas, esta medida constituye una vulneración del régimen federal y de la autonomía provincial, al considerar que el Estado nacional se estaría arrogando competencias no delegadas.
En sus fundamentos, el juez federal hizo eje en la naturaleza jurídica del conflicto, más allá de cualquier análisis territorial. Sostuvo que el pleito se inscribe de lleno en una controversia de índole federal, donde una provincia se enfrenta a un acto emanado de un organismo nacional descentralizado.
Para respaldar su conclusión, el fallo recurre al artículo 117 de la Constitución Nacional, que establece taxativamente que la Corte Suprema ejerce jurisdicción originaria y exclusiva cuando una provincia es parte en una causa de manifiesto carácter federal.
La resolución cita, además, mucha jurisprudencia del Máximo Tribunal y dictámenes de la Procuración General de la Nación que consolidan este criterio interpretativo. Esta línea doctrinaria se aplica incluso en aquellos casos donde el Estado nacional actúa a través de sus entes descentralizados, como es el caso de la ANPyN.
Al girar los autos a la Corte, la Justicia Federal local se aparta de un pronunciamiento de fondo sobre la intervención portuaria y deja en manos del tribunal supremo la delicada tarea de dirimir el alcance de las competencias nacionales y provinciales en un enclave estratégico como el puerto de la ciudad más austral del mundo.
La medida judicial posterga así una definición sustancial sobre el conflicto.
Las claves del resolutorio:
- Juzgado Federal de Ushuaia se declaró incompetente y pidió que actúe la Corte Suprema
- La Provincia de Tierra del Fuego interpuso una Acción Declarativa de Inconstitucionalidad contra la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), solicitando que se declare inválida la resolución que dispuso la intervención del Puerto de Ushuaia por considerar que viola la autonomía provincial y el régimen federal.
- El Juez Federal Federico Calvete declaró su incompetencia para intervenir en la causa y resolvió que el expediente corresponde a la competencia originaria y exclusiva de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). En su escrito, el juez basó su decisión en el artículo 117 de la Constitución Nacional y por esa razón rechazó expedirse sobre la medida cautelar solicitada.
- Además, el Dr. Calvete resolvió no expedirse sobre la medida cautelar (que buscaba suspender los efectos de la intervención de inmediato) argumentando que, al ser incompetente, la Ley 26.854 le prohíbe dictar cautelares contra el Estado “salvo que estén en juego derechos de sectores vulnerables o la vida digna, excepciones que no se configuran en este conflicto administrativo”.

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