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Recalcan que siguen vigentes los requisitos del seguro y RTO para circular

Informaron que los controles en la ruta se desarrollan en conjunto con Gendarmería Nacional, Policía Provincial, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Protección Civil, Seguridad Vial provincial, Vialidad Nacional y Provincial.

La Subsecretaría de Seguridad Vial de la provincia recordó a la comunidad que la provincia está adherida a la Ley de Tránsito Nacional Nº 24.449, la cual específica, a través del Artículo 40, los requisitos para circular con el automotor.

Cabe resaltar que el mencionado artículo detalla, a través de una serie de incisos, que el conductor debe llevar consigo la licencia correspondiente; que porte la cédula de identificación del mismo; el comprobante de seguro en vigencia estipulado en el artículo 68 de la misma Ley y que la identificación de dominio sea legible, entre otros requerimientos.

De esta manera, desde el área insistieron en que el seguro y la verificación vehicular siguen siendo obligatorios a pesar del Decreto de Necesidad y Urgencia emitido por el Presidente de la Nación, Javier Milei, el cual solo menciona la cédula verde, la licencia de conducir y el comprobante de pago de la patente como documentos exigibles para circular.

Por otro lado, recordaron que se lleva adelante la campaña Operativo Verano en los puestos de control de la provincia, donde se realiza la inspección de los vehículos que viajan hacia el continente, con el objetivo de reforzar la prevención e impulsar una mejor cultura vial, que respete las indicaciones y señalizaciones en la ruta.

La expresión de la Agencia Nacional de Seguridad Vial

(Télam) La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) aclaró que el seguro y la vigencia de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o la Verificación Técnica Vehicular (VTV) continúan siendo requisitos obligatorios para la circulación de vehículos motorizados en la vía pública.

A través de un comunicado, el organismo vial aclaró que el Decreto 70/2023 publicado en las últimas horas en el Boletín Oficial, en su artículo Nº361 se refiere a la modificación del Decreto/Ley 6582/1958 del Registro de Propiedad Automotor y no a la Ley Nacional de Tránsito (24.449), normativa vigente en la cual figura la obligatoriedad de la RTO (para vehículos comerciales o de carga) , VTV (para particulares) y el seguro.

En este sentido, y en vísperas de las Fiestas y de las vacaciones de verano, la ANSV recordó que la documentación y elementos requeridos para viajar son el Documento Nacional de Identidad (DNI), la Licencia Nacional de Conducir, la Cédula verde o azul, el comprobante de seguro en vigencia, el comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo, la constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV), chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado, matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

La ANSV además subrayó la necesidad de chequear antes del viaje el funcionamiento correcto de todas las luces del vehículo, la presión de los neumáticos, que la rueda de auxilio esté en buenas condiciones, el nivel de aceite, líquido refrigerante y de frenos.

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