La publicación editorial del diario La Nación puso nuevamente en el foco del debate a los regímenes de promoción y, específicamente, al sub régimen industrial de Tierra del Fuego.
El artículo, escrito por Gabriela Origlia y fechado este domingo desde la provincia de Córdoba, plantea cuestionamientos técnicos al régimen promocional fueguino y destaca frases como “La promoción económica de Tierra del Fuego es el régimen más costoso en términos fiscales”.
En el texto se menciona que los regímenes de promoción y los beneficios fiscales representarán entre 7 y 8 billones de pesos en el año 2023, lo que equivale al 20,6% de la recaudación tributaria efectiva presupuestada. Se hace hincapié en aspectos como el margen impositivo especial para Tierra del Fuego y el hecho de que la Justicia esté exenta del pago de Ganancias.
El informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), dirigido por Nadín Argañaraz, revela que el 73% de los gastos tributarios proviene de exenciones incluidas en leyes impositivas, mientras que el 27% restante se relaciona con los regímenes de promoción económica. Del costo total, el 57% es asumido por el Gobierno Nacional y el 43% corresponde a las provincias.
Estos datos adquieren relevancia en el contexto actual de la campaña electoral, donde los precandidatos debaten sobre subsidios y exenciones impositivas. El impacto de estas políticas de Estado se vuelve crucial para evaluar su efectividad y sostenibilidad.
Nadín Argañaraz explica que el costo fiscal global de estos mecanismos representa el 20,6% de toda la recaudación tributaria nacional. Se destaca que el impuesto con mayor relación entre instrumento y recaudación es el de Bienes Personales, mientras que las contribuciones a la seguridad social presentan la menor pérdida de recaudación relativa, aunque su peso en la recaudación total sigue siendo significativo.
En cuanto al gasto tributario originado en los regímenes de promoción económica, sobresale el caso de Tierra del Fuego, cuya promoción económica representa el 0,35% del Producto Bruto Interno (PBI). Además, existen otros beneficios que no se incluyen en los gastos tributarios, como la no diferenciación del ajuste por inflación impositivo, la exención de Bienes Personales sobre inmuebles rurales y la exención de IVA a los honorarios de directores de sociedades.
Este análisis crítico de la nota publicada por La Nación vuelve a cargar las tintas sobre los costos de los regímenes de promoción y su impacto en las finanzas públicas, más la necesidad de evaluar la eficacia de estas medidas y buscar un equilibrio entre el fomento de la actividad económica y la sostenibilidad fiscal. Mientras omite selectiva y sistemáticamente los beneficios en términos poblacionales, sociales, geopolíticos, y un larguísimo etcétera.
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