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Para el Fiscal, Febre manipuló a la víctima y dificultó la actividad probatoria

Por agredir a su mujer, el abogado que se defendió a sí mismo fue condenado a un año de prisión en suspenso, cuando la Fiscalía había pedido dos. El Fiscal dijo que la manipulación sobre la víctima, impidió probar delitos más graves en los que Febre habría incurrido.

El juzgado correccional de Río Grande a cargo del Dr. Ricardo Locatelli, encontró culpable del delito de lesiones agravadas por el vínculo y condenó esta semana a un año de cárcel a Miguel Febre, el abogado que se defendió a sí mismo durante el proceso.

Más allá que no irá a la cárcel, dado que la condena es en suspenso, se dispusieron algunas medidas complementarias que deberá cumplir, como someterse a examinación para definir si requiere tratamiento psicológico o el acatamiento de algunas medidas de restricción.

En representación del Ministerio Público Fiscal, intervino el fiscal Mayor del Distrito Judicial Norte, Dr. Martín Bramati, quien accedió a explicar los pormenores del singular caso en los micrófonos de ((La 97)) Radio Fueguina.

Bramati pidió dos años de prisión para Febre, el máximo de la pena prevista para el delito en cuestión. En virtud de que el Juez estableció una condena de la mitad del tiempo solicitado, el fiscal Mayor ensayó una explicación al respecto, considerando que se trata de un hecho que, en apariencia, “quitando el contexto de violencia de género y la relación de pareja, la agresión física dejó pocas secuelas en el cuerpo de la víctima, no sería de los hechos más graves”.

Sin embargo, la Fiscalía evaluó que la agresión física se dio “en un contexto de maltrato reiterado a lo largo del tiempo, enmarcado en delitos más graves e incluso una manipulación concreta de la víctima, que provocó que algunos hechos no pudieran llevarse a juicio” señaló en alusión al sobreseimiento de Febre durante el proceso por los delitos de “amenazas con arma de fuego” y “abuso sexual”.

Ante estos hechos más graves, Bramati señaló que en el curso del proceso “hubo una manipulación concreta por parte del abogado que hizo retractarse la señora Suárez. En algún momento se retractó, dijo en un momento que no era todo cierto, que tenía problemas psicológicos, que debió consumir algunos medicamentos y quizás el día que declaró no sabía lo que declaraba”. El letrado concluyó que la manipulación del victimario provocó esta retractación de la víctima, que finalmente dejó una versión “que dificultó muchísimo la actividad probatoria posterior”.

Reflejó que los casos de violencia de género, al igual que los de abuso, en general son delitos que ocurren en la intimidad por lo que es muy difícil encontrar pruebas. Igualmente, mencionó que el Superior Tribunal zanjó esta cuestión y dispuso, en violencia de género o abusos, que “el testimonio de la mujer se debe de creer, si alguien denuncia algo le creemos y después en todo caso conseguiremos pruebas para acreditar lo que dijo”.

En definitiva, en estos casos se impone escuchar a la víctima, creerle y, como Fiscalía, avanzar en la investigación proveyendo todas las medidas necesarias. Bramati ejemplificó con el propio caso, ya que la agresión ocurrió en agosto de 2019, “la revisaron en noviembre por lo cual no tenía registros físicos de la lesión. Sin embargo, utilizando estos parámetros nuevos, probamos las lesiones a través de una testigo que la vio en días posteriores a que fuera agredida”.

En virtud de la complejidad y singularidad de las relaciones humanas, en muchos casos después de una denuncia viene un arrepentimiento, por ello consideró “muy importante la contención psicológica, un seguimiento, una evolución, porque en general ocurre que en principio denuncia, después se intentan retractar, posteriormente vuelve a haber un hecho de agresión, se vuelve a denunciar”. Explicó que, por lo general, las causas continúan igual en casos de abuso, incluso en contra de la voluntad de la víctima.

Respecto del pedido de la máxima pena prevista para el delito por parte de la Fiscalía, Bramati argumentó que, en este caso, si bien la agresión en sí no fue de las más graves, “sí el contexto en el que se dio la agresión era sumamente gravísimo. El episodio fue grave y el motivo -discutían por el cable de una computadora- que desencadenó la agresión”.

“Vimos con agrado que el Tribunal ordene que se haga un relevamiento para ver cuál es la situación actual de la víctima” agregó el Fiscal Mayor. En cuanto al tratamiento psicológico del condenado, es una medida que “en general se dispone en este tipo de casos porque, si bien la pena no es de efectivo cumplimiento, todas las penas tienden a la resocialización”. Informó que esa medida fue ordenada de forma potencial, por lo que se debe verificar si Febre necesita tratamiento.

En cuanto a las duras críticas hacia el Poder Judicial que el propio acusado profirió durante su alegato, el Dr. Bramati las relativizó, por un lado, porque en general la opinión pública desconoce la actividad judicial, tanto en sus procesos como en sus resultados.

Por otro lado, aclaró que el Dr. Febre “participa del sistema a diario y no lo he visto formular quejas o planteos en ningún otro expediente, salvo en éste que lo tiene como imputado”.

No obstante, manifestó respetar las opiniones y se dispuso a “corregir errores, si los hubo. Él (Febre) sostiene un sistema corrupto, pero ese sistema hoy ha dicho que él debe cumplir una pena”.

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