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¿No fuiste a votar?

Ya puede realizarse el trámite para no ser infractor

Las autoridades indicaron que los infractores tendrán dos meses para argumentar por qué incumplieron con su obligación cívica el último domingo.

La pandemia obligó a implementar varios cambios durante las últimas Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y, si bien existen multas y un registro de infractores para quienes no concurrieron a las urnas, también se tendrá en cuenta ciertos justificativos para los que habrá un límite de tiempo para hacer uso de ellos.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) estableció que los ciudadanos que no emitieron su voto deberán justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la falta ante la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito o ingresar al registro de infractores. El certificado en cuestión deberá ser presentado dentro de los 60 días posteriores a las elecciones, ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que corresponda

De no ser justificado, el ciudadano deberá abonar una multa y, además, podría sufrir sanciones para realizar trámites públicos y una prohibición para ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Apenas dos tercios del padrón participaron de las últimas PASO, el nivel más bajo desde 1983; por lo que muchos argentinos se encuentran en esta situación y deberán dar cuenta de qué les sucedió para no ir a las urnas.

¿CUÁLES SON LAS MULTAS?

Las personas que no fueron a votar y no justifiquen su ausencia dentro de los próximos 60 días deberán pagar una multa de 50 pesos. 

Ahora bien, si uno aparece como infractor pero tiene el troquel que acredita el voto, puede hacer un descargo en el propio sitio para evitar pagar la multa. Sin embargo, si no se puede justificar la falta, no podrá más que imprimir el cupón ahí mismo y pagar en efectivo en las sucursales del Banco Nación, con tarjeta de crédito, a través de transferencia bancaria o en efectivo con boleta de Pago Fácil, RapiPago y otros servicios.

La Cámara Nacional Electoral informó que se contemplarán varias excepciones para las personas que tuvieron COVID-19 al momento de la votación, las personas que constituyeron un caso sospechoso o fueron contacto estrecho de un caso positivo y aquellos que, por ser de grupos de riesgo, tengan expresa indicación médica de no concurrir a votar.

La justificación se podrá hacer con un médico ante la Secretaría Electoral para justificar la ausencia. Asimismo, si el votante no pudo ejercer su derecho civil por encontrarse a más de 500 kilómetros del su lugar de voto, deberá presentarse en la comisaría más cercana.

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