Un hombre que hace 20 años mató a balazos a su expareja embarazada dentro de la clínica privada CeMeP y que meses después se escapó de la cárcel donde cumplía la pena, podría ver cómo su causa prescribe y se transforma en un sujeto libre.
Por el crimen, Abregú fue condenado a 20 años de cárcel, pero el 15 de febrero de 2001 se fugó del establecimiento penitenciario que era utilizado por aquel entonces y que e ubicaba en uno de los barrios de la Margen Sur. Desde entonces, se mantiene prófugo de la Justicia.
De acuerdo a lo que lograron reconstruir en aquel momento los pesquisas, el detenido aprovechó las deficiencias de seguridad del establecimiento carcelario llamado “Puesto 1”, donde por entonces había solo 3 policías que custodiaban a 23 internos, y escapó. El exJefe de la Policía, Gustavo Penza, definió por esos días al lugar como “un depósito de presos” sin “cerco perimetral” y “atravesado al medio por una calle”, según declaró al diario El Sureño. Las falencias del lugar eran tantas que el reo se escapó a la mañana y su ausencia recién fue notada “en horas de la tarde” durante el relevo del turno de los vigilantes de guardia.
La prescripción
El expediente fue remitido al Tribunal Oral de Río Grande (el mismo que emitió el fallo condenatorio) y en las últimas horas «se comunicó al juzgado un abogado particular, interesado en tramitar el pedido de prescripción», añadió la fuente consultada por Télam.
También agregó que para ello todavía hace falta que el letrado cuente con un poder de su cliente, y que además debería fijar domicilio, algo que es «complicado» si se considera su condición de prófugo.
Sin embargo, de superar esa contingencia, el tribunal «no tendría más remedio» que hacer lugar al pedido y «técnicamente el hombre podría regresar a Río Grande sin riesgo de ser detenido ni juzgado otra vez», explicaron los voceros.
El día del hecho Abregú acudió al domicilio de Falcón y la atacó con un arma calibre 9 milímetros. La mujer, embarazada de 7 meses, logró escapar con una herida y se refugió en la sala de guardia del sanatorio Cemep, donde su agresor la alcanzó y la remató con cuatro disparos más, según se probó en el juicio oral.
Sin la figura agravante del «femicidio» (todavía no vigente) y sin contemplar el vínculo que los unía, la justicia condenó al hombre por «homicidio simple».
No obstante, con la fuga posterior y los años que permaneció en rebeldía, Abregú podría quedar libre luego de haber cumplido una proporción ínfima de la pena que le impusieron.
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