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Empresas privadas tienen tiempo hasta mañana para pagar el aguinaldo

La fecha del 18 de diciembre como límite para el cobro del aguinaldo se estableció en 2015, cuando se sancionó la Ley 27.073.

Este mes, a los trabajadores de empresas privadas y del sector público les corresponde recibir el segundo pago del sueldo anual complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Este pago, según lo dispuesto por la Ley 27.073, debe ser abonado cada año en dos cuotas: la primera con vencimiento en junio y la segunda con vencimiento en diciembre.

El pago del aguinaldo de diciembre se debe cobrar antes del viernes 18 de este mes, para los trabajadores en relación de dependencia. El monto se calcula como el cincuenta por ciento de la mayor remuneración mensual y sobre “todo concepto” —se incluye sueldo básico, horas extras y otros plus que se hayan cobrado— dentro del último semestre.

En el caso de los trabajadores que tienen menos de un año de antigüedad, el SAC se liquida de manera proporcional al tiempo trabajado en cada semestre

La fecha del 18 de diciembre como límite para el cobro del aguinaldo se estableció en 2015, cuando se sancionó la Ley 27.073, impulsada por el entonces senador Eugenio “Nito” Artaza. Hasta ese momento, la Ley de Contrato de Trabajo preveía que el pago se podía hacer efectivo hasta el 31 de diciembre.

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