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Amplían el súpercepo: deudores de créditos UVA no podrán comprar dólares

Nuevas restricciones cambiarias rigen para las personas físicas que tienen las cuotas congeladas. Así lo dispuso el Banco Central.

En el marco de los anuncios por las restricciones cambiaria, el Banco Central anunció que al menos hasta nuevo aviso quienes obtuvieron un crédito hipotecario en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) no podrán acceder al dólar ahorro.

La restricción es para los hipotecados que tienen las cuotas congeladas por el Gobierno y para aquellos que pidieron a su banco el beneficio de postergar cuotas de préstamos sin interés gracias a las facilidades que se dieron por la pandemia de Covid-19.

El punto 2.1 de la Comunicación “A” 7106 publicada por la entidad cambiaria, el martes por la noche, estableció que las personas humanas que sean beneficiarias de lo dispuesto en el punto 4 de la Comunicación “A” 6949 y complementarias y/o en el artículo 2º del Decreto N° 319/20 no podrán comprar divisas.

Esto será hasta la total cancelación de la financiación o mientras dure el beneficio respecto a la actualización del valor de la cuota según sea el caso, ordenó la autoridad monetaria a las entidades financieras.

Tampoco podrán concertar en el país ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a entidades depositarias del exterior, ya que son operaciones de contado con liquidación en la Bolsa.

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