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Desde hoy los comercios de Río Grande pueden trabajar de 10 a 18, aunque a puertas cerradas

Así lo establece la resolución conocida en la noche del domingo y que entre en vigencia desde hoy. Los detalles.

La última resolución del Gobierno provincial, dada a conocer el domingo por la noche, flexibiliza la cuarentena estricta que rige en Río Grande y que se extenderá al menos hasta el próximo 30 de agosto.

A pedido del intendente de la ciudad, Martín Pérez, el Ejecutivo dispuso una importante modificación para llevar alivio a los comercios: una apertura gradual, que comienza hoy con la posibilidad de operar, aunque a puertas cerradas.

Así, los establecimientos comerciales tendrán permitido funcionar, con personal mínimo, entre las 10 y las 18 horas de lunes a domingo. En ese horario, podrán vender productos a través de vías remotas (por teléfono, vía WhatsApp o mediante redes sociales) para luego gestionar una entrega a domicilio con delivery.

En todos los casos, los locales deberán tener prohibido el ingreso de potenciales consumidores y se debe utilizar el personal mínimo y necesario, con un máximo del 50%, para las tareas de logística y armado.

El detalle completo de la Resolución

Se habilita desde el martes 18 en la ciudad la venta de mercadería de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega en domicilio con los debidos resguardos sanitarios y protocolos y planificación de logística.
El horario de actividad en los locales comerciales sin atención al público se realizará de lunes a sábado en el horario de 10 a 18 horas, quedando excluido el rubro de elaboración de comida que mantiene el horario de 10 a 23 horas de lunes a domingo bajo la modalidad de reparto en domicilio.
Si la actividad requiriese la realización de actividades en el local comercial (promoción, logística, armado y despacho de pedidos) se deberá realizar con un máximo del 50% de la dotación de personal, debiendo observar la distancia de seguridad establecida, utilizando en todo momento protección facial y dando estricto cumplimiento a los protocolos vigentes en materia de prevención para COVID-19.
La circulación de los propietarios o trabajadores afectados esta sujeta a la presentación de las debidas constancias del vinculo con el comercio y no estarán sujetas a la autorización de circulación por terminación de DNI o patente.

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