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Advierten que solo motos y bicicletas están habilitadas para hacer delivery en Río Grande

Así lo señaló el Subsecretario de Comercio del Gobierno provincial, quien pidió al Concejo Deliberante que regule una actividad creciente y que por ahora no está normada.

El subsecretario de Comercio de la provincia de Tierra del Fuego, Jaime Alderete, fue entrevistado por ((La 97)) Radio Fueguina y realizó una dura advertencia a los vecinos y las autoridades: en Río Grande, solo las motos y bicicletas (y vehículos afines) están habilitadas para realizar servicio de delivery.

«El tema delivery es una actividad municipal que tiene que estar normada por el Concejo Deliberante y aprobado por el Municipio de Rïo Grande», señaló Alderete y refirió: «Hay una ordenanza del 2008 que se refiere a los deliverys de bicicletas, motos y vehículos afines».

Por ello, fue tajante al señalar que «los deliverys en auto no están normados», y por eso pidió: «Es necesario elaborar un proyecto de ordenanza para que se regule y se norme con todos los requisitos que se le debe exigir al conductor, con certificado psicofísico y los controles sobre el auto; tienen que tener controles sanitarios también, porque transportan vehículos».

Además, insistió: «No hay ordenanza que norme el trabajo de delivery en la ciudad. Este es un pedido para que las autoridades competentes comiencen a trabajar en este sentido; el delivery tiene que estar regulado».

Qué dice la Ordenanza que regula el servicio de delivery en Río Grande

La norma 2622 del año 2008 indica en su artículo primero regula «toda aquella actividad que comprenda el traslado de alimentos, mercaderías o la realización de trámites, conocidas como “delivery”, realizada a través de motos, motocicletas y/u otros vehículos similares, con personal propio o contratado»

También establece que estas son las documentaciones con las que deben contar los vehículos son:

  • Habilitación Municipal del comercio, CUIT y tipo de mercadería a transportar o trámites a realizar.
  • Nombre y apellido del repartidor/cadete, DNI y licencia de conducir.
  • Titulo de propiedad del vehiculo a utilizar por el servicio. En caso de no ser del  propietario, consentimiento expreso del mismo.
  • Póliza del seguro del vehiculo. Obligatoriamente deberán presentar seguro de responsabilidad civil.

Y, por otro lado, también exige estos requisitos al conductor:

  • Credencial habilitante y obleas identificatorias del vehículo.
  • Licencia de conducir y seguro de vehículo.
  • Chaleco o pechera de seguridad de deberá ser reflectiva conteniendo el número de carnet en forma visible.
  • Cumplir con todas las normas que se prevén en las Leyes y Ordenanzas vigentes y por sus mofificatorias que se pudieran producir en el futuro.
  • Exhibir el nombre de la empresa o titular para la que trabajan.
  • Ser mayor de 16 años.

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