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La Cámara de Apelaciones ordenó la inmediata liberación de un acusado por violencia de género

Fue procesado con prisión preventiva en primera instancia por haber golpeado a su pareja en la vía pública. El tribunal de alzada revocó el procesamiento y ordenó que se lo libere en forma inmediata.

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Río Grande ordenó hoy poner en libertad en forma inmediata a un hombre de 30 años, alojado en la penitenciaría local, acusado por violencia de género contra su pareja por un hecho ocurrido en la vía pública.

El incidente tuvo lugar el pasado domingo 19 de julio en inmediaciones de la rotonda de la trucha. Hasta el lugar llegaron el imputado, cuyas iniciales son  C.B.S., una mujer que sería su pareja y un primo del primero. Según la instrucción, ambos habían iniciado una pelea en el domicilio de los dos primeros, en cuyo marco los tres ganaron la calle hasta llegar hasta las inmediaciones de ruta 3 y Echelaine donde se desató la violencia.

Al llegar efectivos policiales alertados por testigos, encontraron a la mujer en el piso, con signos de haber sido golpeada y el primo de C.B.S. con una herida sangrante en una de sus piernas.

Iniciada la instrucción penal, a cargo de Daniel Cesari Hernández, la investigación encontró escollos importantes, ya que el herido se negó a efectuar la acusación penal pertinente, en tanto que la mujer se excusó de prestar testimonio por estar imposibilitada de declarar en contra de su concubino.

Por la golpiza a la mujer, el magistrado decidió el 30 de julio pasado procesar a C.B.S. e imponerle la prisión preventiva por considerar que no podía quedar en libertad, ante el peligro de que volviera a atacar a su pareja. El hombre fue alojado en la Unidad Penitenciaria, a la espera de la prosecución de la causa, acusado del delito de «lesiones leves agravadas» en contexto de violencia de género.

Este jueves, los camaristas Federico Martín Vilella, Jorge Luis Jofré y Julián De Martino decidieron la revocatoria del fallo de primera instancia, entendiendo que no existían méritos suficientes para sostener el procesamiento.

Paradójicamente, impusieron a C.B.S. la prohibición de acercamiento a su pareja, al tiempo que ordenaron su inmediata liberación.

 

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