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Coronavirus: Quienes viven con pacientes pueden ser diagnosticados sin hisopado

El Ministerio de salud amplió la modalidad de confirmación de caso e incluyó la modalidad de criterio-clínico epidemiológico. Aplica para convivientes de casos positivos, salvo excepciones.

El Ministerio de Salud informó esta mañana que se amplió la modalidad de confirmación de casos de coronavirus que, a partir de hoy incluirá a los convivientes y contactos estrechos de aquellos enfermos diagnosticados por test de PCR que residan en áreas con transmisión comunitaria y presenten algún síntoma característico de la Covid-19.

Así lo confirmó el subsecretario de Estrategias Sanitarias, Alejandro Costa, quién explicó que se suma “el caso confirmado por nexo clínico epidemiológico”, que aplica a quienes presentan la sintomatología para Covid-19 y a la vez es “conviviente de un caso confirmado por laboratorio, que a la vez es contacto estrecho y reside en áreas de transmisión comunitaria”. Si se cumplen con dichos criterios, “el caso se confirma sin hisopado”. Frente a esos casos, quienes sí deberán realizarse el test PCR son los pacientes que cumplan criterio de internación, trabajadores de salud, embarazadas, personas con factores de riesgo, trabajadores de institución cerradas y a los fallecidos sin causa confirmada.

Cabe recordar que unos días atrás se amplió la definición de caso sospechoso al incorporar síntomas como diarrea, vómitos y cefalea a los ya conocidos de fiebre de 37.5 Cº o más, tos, dolor de garganta, dificultad respiratoria, falta de olfato o gusto (anosmia/disgeusia), sin otra enfermedad que explique completamente el cuadro clínico. Para que un caso sea considerado sospechoso, el paciente debe presentar dos o más síntomas.

A la vez, se considera caso sospechoso a la persona que reporte uno o más síntomas -tos, fiebre, dolor de garganta, dificultad respiratoria o falta de gusto- y sean trabajadores de salud, resida o trabaje en instituciones cerradas o de internación prolongada, sean personal escencial, resida en barrios populares o pueblos originarios o sea contacto estrecho de caso confirmado de Covid-19, dentro de los 14 días posteriores al contacto.

Paso por paso, la nueva definición de caso confirmado

Caso confirmado por laboratorio:

  • Todo caso sospechoso con resultado detectable para la detección de genoma viral de SARS CoV-2 por técnicas directas.

Caso confirmado por criterio clínico-epidemiológico:

  • Se considerará Caso confirmado por criterio clínico epidemiológico a todo contacto estrecho conviviente( con un caso de COVID-19 confirmado por laboratorio, que cumpla con la definición de caso sospechoso vigente, en áreas con transmisión comunitaria. Estos casos son considerados confirmados a los efectos de las medidas de prevención y control, y no requerirán estudios para el diagnóstico etiológico (salvo en los grupos exceptuados que se listan a continuación).

Los casos con criterio clínico epidemiológico que formen parte de los siguientes grupos, deberán ser estudiados todos por laboratorio para el diagnóstico etiológico para SARS CoV-2 por técnicas moleculares:

  •  Pacientes que presenten criterios clínicos de internación
  • Personas con factores de riesgo
  • Personas gestantes
  • Pacientes que residan o trabajen en instituciones cerradas ó de internación prolongada.
  • Trabajadores y trabajadoras de salud
  • Personal esencial
  • Personas fallecidas, sin causa conocida

Importante: Las medidas de control a implementar tanto ante todo caso confirmados por laboratorio o por criterio clínico-epidemiológico son:

  •  Aislamiento y control clínico del caso,
  • Identificación y aislamiento de contactos estrechos.

El alta epidemiológica se otorgará a los 10 días desde el comienzo de la fecha de inicio de los síntomas, siempre que se encuentre asintomático y tenga evolución favorable, sin necesidad de internación.

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