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Aquelarre: Dos condenados por el delito de trata de personas

Las condenas son en suspenso. Además, otras dos personas fueron absueltas. El prostíbulo ilegal fue clausurado en 2014, cuando se rescataron del lugar 14 mujeres.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tierra del Fuego condenó ayer a dos de los acusados, y absolvió a otros dos, en el juicio donde se investigaba una presunta red de trata de personas relacionada con el local nocturno “Aquellarre” de la ciudad de Río Grande, allanado y clausurado en 2014 luego de un operativo en el que fueron rescatadas 14 mujeres.
Los jueces encontraron “por mayoría” a la encargada del local, Elvira Centurión y a Jorge Scienza, como coautores del delito de trata de personas “en la modalidad de acogimiento de dos de las víctimas”, y los condenaron a 4 años de prisión y $10 mil de multa.
Por su parte, absolvieron de culpa y cargo a Diego Escalante (hijo de Centurión) y a Oriana Acosta, también imputados en el caso.
Los jueces Ana María D´alessio, Luis Giménez y Mario Reynaldi (subrogante de Santa Cruz, que intervino por videoconferencia) rechazaron también por mayoría las nulidades planteadas por los abogados defensores (Adolfo Moschietti, defensor público de Centurión y Acosta, y Maximiliano Palladino, de Scienza y Escalante).
A su vez, anunciaron que los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el próximo 26 de noviembre, y a partir de allí se podrían plantear recursos de casación contra la medida.
La investigación del caso había comenzado en 2013, a raíz de un correo electrónico recibido en la Fundación María de los Ángeles que luego fue derivada a la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), a cargo de Marcelo Colombo y Alejandra Mángano. En la comunicación, se mencionaba la existencia de una página web que promocionaba servicios sexuales y la existencia de varios locales, entre ellos uno denominado “Aquelarre”.
De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio realizado en su momento por el fiscal federal de Río Grande Marcelo Rapoport, las víctimas habrían sido “engañadas con falsas ofertas laborales y luego trasladadas en avión hasta la ciudad fueguina, con pasajes pagados por los tratantes, lo que se transformaba en la deuda inicial de las mujeres, quienes una vez sometidas, eran controladas mediante un sistema de pulseras para contabilizar los denominados “pases” (o relaciones sexuales con los clientes que acudían al prostíbulo)”.
A su vez, en su alegato durante el juicio, la fiscal Federal María Hermida había requerido penas de 10 años de prisión para Centurión, Escalante y Scienza, a los que consideró parte de una organización y los encontró “coautores penalmente responsables del delito de trata de personas con fines de explotación sexual”, agravado por la pluralidad de personas intervinientes y la cantidad de víctimas, por el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de las mujeres y por haberse consumado la explotación sexual. A su vez, había solicitado 4 años de prisión para Acosta.
Por su parte, un quinto acusado, Carlos Longiarú, propietario del inmueble y acusado de ser partícipe de la maniobra delictiva, fue declarado en rebeldía al no presentarse a las audiencias y se dictó su orden de captura, indicaron las fuentes.
Sin embargo, el tribunal mostró un criterio diferente a los fiscales, por lo que además de la absolución de dos de los imputados, interpretó que las víctimas de trata habían sido solamente dos, y por una modalidad diferente a la propuesta por el Ministerio Público.

Información y foto: Diario del Fin del Mundo

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