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Rige la ley de paridad de género en las listas electorales

En el Día Internacional de la Mujer, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley de paridad de género en ámbitos de representación política. Rige para las elecciones a cargos legislativos nacionales de este año.

El Gobierno reglamentó la ley de paridad, sancionada dos años atrás, que establece que las listas de candidatos al Congreso y al Parlamento del Mercosur deben estar conformadas en un 50 por ciento por mujeres y hombres, de manera consecutiva e intercalada, y la norma avanza también sobre la vida de los partidos al establecer que también sea aplicable al «ámbito interno de las agrupaciones políticas»

De esa forma, la ley de paridad de género -número 27.412- se estrenará este año en las elecciones Paso del 11 de agosto, y en las generales del 20 de octubre.

Con la firma del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro del Interior, Rogelio Frigerio, el Gobierno dictó hoy el decreto 171, publicado en el Boletín Oficial, por el cual define la «paridad de género en ámbitos de representación política».

 

El decreto 171/2019 efectiviza la norma que había sido sancionada en diciembre de 2017.

Toma como fundamento la necesidad de garantizar mediante acciones positivas «la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios», contenida en el artículo 37 de la Constitución Nacional, así como el artículo 7 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer –de jerarquía constitucional– que establece la obligación de tomar medidas destinadas a lograr este objetivo en el ámbito político.

 

Las listas, con paridad

La ley dispone la obligación de que los distintos partidos políticos que compitan en las elecciones nacionales –tanto las Paso como las generales– presenten listas integradas por candidatas y candidatos de manera intercalada desde el primer candidato titular hasta el último suplente, «de modo tal que no haya dos (2) personas continuas del mismo género en una misma lista».

Un detalle clave a este respecto es la aclaración de que el género estará determinado por «el sexo reconocido en el DNI vigente al momento del cierre del padrón, independientemente del sexo biológico o, en su defecto, constancia de rectificación de sexo inscripta en el Registro Nacional de las Personas».

Todos los inscriptos en el padrón tendrán la potestad de impugnar listas que se encuentren en falta, e indica que si la falta llegara a conocimiento del juez electoral –sea de la manera que fuere– este podrá intimar a la Junta Electoral a ordenar el remedio de la situación en un plazo de 24 horas.

Esta norma alcanza también los escenarios donde un diputado o diputada tuviera que dejar su banca antes de un proceso electoral o luego de haber asumido.

Esta ley incrementa el piso del 30% establecido por la ley de cupo femenino de 1991. Actualmente, y en consonancia con las últimas composiciones del Congreso Nacional, el porcentaje de mujeres en ambas cámaras ronda el 40 por ciento.

En la Cámara Baja hay 100 diputadas sobre 257 bancas, lo que da un total de 38,9 por ciento, mientras que en el Senado la proporción es de 30 sobre 72. Es decir, un 41,6 por ciento.

 

Destacan la ley

El secretario de Asuntos Políticos e Institucionales del Ministerio del Interior, Adrián Pérez, afirmó hoy que la ley de paridad de género, que se aplicará por primera vez en las elecciones de este año, «es un paso trascendente en el objetivo final de conseguir la plena igualdad de la mujer en la vida política e institucional del país».

Pérez se refirió así al decreto 171 publicado hoy en el Boletín Oficial que reglamentó la ley de Paridad de Género en ámbitos de representación política, sancionada en 2017 por el Congreso.

«Estamos muy contentos del trabajo que pudimos realizar en conjunto con los partidos políticos y diferentes organizaciones de la sociedad civil para reglamentar de forma plural y participativa esta ley», sostuvo el funcionario, máximo encargado del Gobierno en materia electoral, en un comunicado difundido hoy por el Gobierno.

Pérez recordó que para la reglamentación de esta ley, su cartera organizó una ronda de consultas con los partidos políticos y organizaciones de la sociedad de civil, y aseguró que «contribuyeron con propuestas tenidas en cuenta al momento de la redacción del decreto».

«De este modo se saldaron posibles dudas de interpretación que hubiesen podido dar un sentido restrictivo a la norma, que se implementará en las próximas elecciones de 2019», apuntó.

A su vez, Fabiana Túñez, directora ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (Inam), destacó que la reglamentación «fue fruto del trabajo conjunto entre la Secretaría de Asuntos Políticos, el Instituto, y diferentes sectores de la academia y la sociedad; es la expresión clara de nuestro compromiso con la agenda de género»,

«Estamos dando pasos concretos para hacer realidad la igualdad de oportunidades y derechos entre varones y mujeres en nuestro país y, de esa manera, estamos haciendo de la nuestra una verdadera democracia», enfatizó.

El decreto busca garantizar que todas las listas que compitan en el proceso electoral de este año, tanto en las elecciones primarias PASO como en las generales, se adecuen al principio de paridad de género, conformándose en su totalidad en forma alternada por mujeres y varones.

La norma también reglamenta los reemplazos tanto en las candidaturas como en los cargos de representación política, asegurando que el principio de paridad sea resguardado en todos los casos.

También busca afirmar el principio de paridad al interior de las organizaciones partidarias, previendo la paridad en la integración de sus órganos directivos, incluyendo los reemplazos que pudieran producirse.

La Secretaría de Asuntos Políticos recordó que «en el proceso de debate que culminó en la reglamentación, publicada hoy en el Boletín Oficial, participaron partidos políticos y ONG’s como Cippec, Idemoe, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, la Fundación Alem y representantes de la Organización de Estados Americanos (OEA)».

 

(Fuente: lavoz.com.ar)

 

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