Publicado en

Una mujer resbaló por un yogur en un súper y deberán pagarle $ 160.000

El accidente ocurrió en noviembre de 2014. Al caer, la víctima sufrió una incapacidad permanente del 30 por ciento.

La caída de una mujer en uno de los pasillos de un supermercado en Maipú, (Provincia de Mendoza) ocurrida hace casi 4 años, terminó en los estrados judiciales. Ahora se conoció la sentencia que condenó a la empresa Walmart Argentina, propietaria de Changomás, a pagarle a la denunciante una suma de más de 160 mil pesos.

Todo ocurrió el 8 de noviembre de 2014, cuando la mujer caminaba por uno de los pasillos del local y pisó un yogur, cuyo envase se había roto y estaba desparramado en el piso. Ello le hizo perder la estabilidad y cayó al suelo. La mujer se golpeó un brazo, la muñeca derecha y la cadera también del lado derecho.

Según la denuncia, las personas que la acompañaban mientras realizaba las compras la ayudaron a reincorporarse. Mientras, uno de los empleados de seguridad se acercó y le avisó al gerente, quien llamó a una ambulancia de emergencias médicas «A Tiempo». En el lugar, le diagnosticaron «traumatismo de brazo y cadera del lado derecho».

Antes de ser trasladada en la ambulancia, los empleados del supermercado le solicitaron a la víctima sus datos personales alegando que luego la llamarían. Pero eso nunca pasó.

La mujer debió ir al hospital Italiano y más tarde al Centro Médico Santa Lucía. Finalmente, se confirmó que presentaba una «lesión tendinosa en hombro derecho con limitación funcional en miembro superior hábil, que le genera una incapacidad parcial y permanente del 30 por ciento».

Con el patrocinio del abogado Manuel Linares, el caso llegó a la Justicia Civil, donde la empresa demandada rechazó la acusación. Negó todos los hechos, impugnó los montos reclamados y desconoció la autenticidad de la prueba instrumental.

 

Consideraciones

La jueza Fernanda Salvini se extendió en consideraciones que avalan la condena. Para ello se valió de la Constitución Nacional, que en su artículo 42 expresa que «al consumidor o usuario le son reconocidos muy especialmente -entre otros derechos- la protección de su salud, de su integridad física y en general de su seguridad».

«Cualquiera sea la óptica desde la cual se analice el caso en estudio, la conclusión que se impone es que la demandada deberá responder de los daños sufridos por la actora», señaló la magistrada.

 

Daños y perjuicios

A la hora de determinar el monto resarcitorio, Salvini señaló que, «atendiendo a la naturaleza de las secuelas, las concretas posibilidades laborales de la actora y de realización de otro tipo de tareas, corresponde estimar prudencialmente una indemnización de $ 120.000, más los intereses».

«En este caso se debe valorar la naturaleza de las lesiones y las secuelas incapacitantes; y que debió guardar reposo y realizar fisioterapia”, sentenció Salvini.

Por lo cual, la jueza fijó un monto de 40 mil pesos, al que se le sumaron 3 mil pesos por gastos terapéuticos.

Así llegó al monto de la sentencia: 163.000 pesos más los intereses desde noviembre de 2014, importe que también deberá afrontar, en el límite asegurado, Sancor Cooperativa de Seguros.

Comentarios