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La columna del Dr. Gastón Díaz: «El ejercicio de la prostitución no es delito»

El letrado repasó las modificaciones que la Ley de Trata de Personas ha sufrido en los últimos años. El ejercicio de la prostitución como derecho y las penas para quienes regenteen a las mujeres.

En su columna habitual de cada martes por Radio Fueguina, el abogado Gastón Díaz se refirió a un polémico tema, que más que nunca está sobre la mesa: el ejercicio de la prostitución.

A raíz de los hechos de público conocimiento ocurridos hace diez días, cuando la Policía Federal allanó un domicilio del barrio AGP y liberó a seis mujeres, el letrado consideró necesario repasar las modificaciones legales que han existido en el último tiempo y la legislación vigente a nivel país.

«El ejercicio de la prostitución no es un delito», afirmó el abogado, que aclaró que no se trata de una posición personal, sino de lo que dice la ley en Argentina, así como tampoco es delito consumir la prostitución.

Empero, sí es considerado una infracción grave a las normativas «el aprovechamiento de la prostitución ajena», señaló el Dr. Gastón Díaz.

Asimismo, el abogado repasó las penas para estos delitos y las particularidades de los locales conocidos como «privados», que se amparan ante los organismos de control mediante el Artículo 14 de la Constitución Nacional.

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