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El Gobierno nacional reglamentó el reintegro del 15% en el IVA

Es para jubilados y beneficiarios de planes sociales. Regirá hasta el 31 de diciembre de 2017. El tope de $300 podrá ser modificado según la variación de la canasta alimentaria, en julio y enero.

El Gobierno nacional reglamentó la ley que establece un régimen de reintegro a jubilados y beneficiarios de planes sociales del 15% del IVA por compras de productos de consumo masivo – con un tope máximo de 300 pesos– en comercios de venta minorista con tarjeta de débito.

Así quedó establecido a partir de un decreto publicado en el Boletín Oficial, a través del cual se dispuso que la medida estará vigente desde este lunes hasta el 31 de diciembre de 2017.

La ley 27.253 -promulgada la semana pasada- establece un régimen de reintegro a jubilados y beneficiarios de planes sociales del 15% del IVA, por compras de productos de consumo masivo en comercios de venta minorista, con tarjeta de débito.

Según esa ley, «la magnitud del reintegro no podrá ser inferior a 15% del monto de las operaciones, en tanto no supere el monto máximo que establezca el Poder Ejecutivo Nacional en función al costo de la canasta básica de alimentos».

«Hasta tanto el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) no publique la canasta básica de alimentos», el monto máximo (para acceder al beneficio) será de 300 pesos por mes y por beneficiario, de acuerdo con la norma sancionada por el Congreso.

Reintegro variable

El tope -según la ley- podrá ser modificado «en función a la variación de la canasta básica de alimentos, en los meses de julio y enero de cada año, a partir de enero de 2017, o de la entrada en vigencia del presente título, lo que resulte posterior».

De este modo, la devolución del IVA abarca a jubilados y pensionados que cobren el haber mínimo, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo, y quienes perciban pensiones no contributivas otorgados por el Estado Nacional.

La ley también dispuso que durante el primer mes de su aplicación, a los jubilados y pensionados se les acreditará por cada una de las dos primeras transacciones que realicen una suma fija 150 pesos.

En tanto, durante el segundo y el tercer mes, la suma se reducirá a 75 pesos por cada una de las cuatro primeras transacciones realizadas y a 50 pesos por cada una de las seis primeras transacciones.

Los detalles de la ley:
  • Establece un reintegro del 15 por ciento del Impuesto al Valor Agregado en las compras que realicen los beneficiarios con tarjetas de débito.
  • Se entenderá por tarjetas prepagas no bancarias a aquellas tarjetas utilizadas para la acreditación exclusiva de beneficios asistenciales o de la seguridad social.
  • Contempla hasta un tope de 300 pesos mensuales para cada beneficiario, pero puede ser ampliado en el futuro.
  • La devolución del impuesto también será otorgado cuando las transacciones comerciales se realicen mediante «transferencias bancarias realizadas a través del uso de dispositivos de comunicación móviles».
  • Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2017 inclusive.

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