La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló un fallo del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego y aceptó un recurso de la empresa Andrade Gutiérrez que quedó habilitada para seguir reclamando una indemnización de más de cien millones de pesos, por la no ejecución de la obra del puerto Caleta La Misión, paralizada desde 1999.
La Corte declaró inadmisible el pedido de caducidad de instancia solicitada en su momento por la Fiscalía de Estado y oportunamente concedida por el Superior Tribunal de Justicia Provincial, y abundó en reprobaciones a lo actuado por uno y otro estamentos. En fallo dividido, el Tribunal de la Nación revocó la defensa temporal planteada por la Fiscalía de Estado y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento por los improductivos respecto del Puerto Caleta La Misión.
Argumentan el fallo por mayoría los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Raúl Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda, observando que ha sido “la Provincia quien admitió que las obras estaban paralizadas desde el año 1999 por falta de fondos, e invitó a la actora a negociar en forma extrajudicial para intentar solucionar el conflicto y continuar con la construcción del puerto”. “Durante esas tratativas, -sigue diciendo el fallo- la contratista actuó con voluntad conciliadora y aceptó la propuesta de cesión de derechos. Sin embargo, la promesa se frustró nuevamente, no por culpa de la actora, sino porque la provincia, una vez más, no consiguió los fondos para financiar la obra”.
Revirtiendo con duros conceptos el fallo dictado en su momento por el Superior Tribunal, concluyen los jueces indicando que “El pronunciamiento impugnado ha incurrido en un exceso ritual que lo descalifica como acto judicial válido, con grave afectación de las garantías de defensa en juicio y del debido proceso, por lo que corresponde dejarlo sin efecto.
Por ello, declaran “Procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo al presente”-
Abundando en su rechazo al fallo cuestionado, los cortesanos observan que el Superior Tribunal “ha actuado con excesivo rigor formal y no ha ponderado debidamente los fundados argumentos planteados por la apelante al responder el pedido de caducidad presentado por el Fiscal de Estado”.
La admonición reprobatoria se hace extensiva al propio Fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, al considerar que “que el Fiscal de Estado solicite la caducidad de la instancia y oponga la defensa de prescripción de la acción, resulta un inadmisible artificio tendiente a impedir un pronunciamiento sobre el fondo del pleito”. E interpreta su conducta como “contraria al principio de buena fe que informa y fundamenta todo nuestro ordenamiento jurídico y debe regir la conducta de los entes estatales”.
El fallo, que resulta severamente perjudicial para el interés de la Provincia en la causa, fue suscripto por los jueces Zaffaroni, Highton de Nolasco y Maqueda, con la disidencia de los magistrados Lorenzetti y Fayt.
El monumento a la corrupción
Motivo permanente de sospechas de corrupción, la frustrada obra del Puerto Caleta La Misión fue contratada e iniciada por el gobierno de José Estabillo en 1995 y paralizada definitivamente (hasta ahora) en 1999. En el 2000, un polémico acuerdo suscripto por la administración de Carlos Manfredotti y Daniel Gallo reconoció a la empresa el derecho a cobrar una indemnización por daños y perjuicios, por la no ejecución de la obra contratada. A 2010, se estimaba una deuda de aproximadamente cien millones de pesos, por “improductivos”, monto que la empresa sigue reclamando al día de hoy, con más los incrementos habidos por el paso del tiempo.
Andrade Gutiérrez inició en 2009 la acción judicial para la ejecución de la deuda, que el gobierno aún hoy se niega a satisfacer.
El 7 de octubre del 2011, la gobernadora Ríos anunciaba un “histórico” acuerdo con Andrade Gutiérrez. Según los dichos de la mandataria, la empresa renunciaba a la indemnización, a cambio de continuar la obra bajo la figura de concesión de obra pública, con el aporte económico de un grupo financiero de origen francés, que se presentó bajo la denominación de “Piedrabuena S.A.” Poco tiempo después se admitió la total insolvencia financiera del inversor y el supuesto acuerdo se desplomó, haciendo naufragar toda posibilidad de arreglo con Andrade Gutiérrez.
En 2012, y en un intento que ahora se ganó la rotunda reprobación de la Corte Suprema, el Fiscal de Estado Virgilio Martínez de Sucre se presentó ante el Superior Tribunal, pidiendo se declare la caducidad de la causa, por entender que Andrade Gutiérrez había renunciado en 2011 a sus derechos. La Corte fueguina admitió el recurso, obligando a la empresa a apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Este miércoles, el máximo Tribunal de la Nación revocó el fallo del STJ fueguino ordenándolo a dictar nueva sentencia y habilitó a Andrade Gutiérrez a seguir con su reclamo, que puede costarle a los fueguinos algunos cientos de millones de pesos, sin que ningún funcionario deba responder por ello.
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