
El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, coincidiendo con la solicitud del Fiscal, absolvió a los ex funcionarios de Hugo Cóccaro acusados por peculado en base a una denuncia del Tribunal de Cuentas de la Provincia y condenó a la actora a indemnizar a los demandados y afrontar las costas del juicio.
En la causa se ventilaban hechos sucedidos en el área de Obras Públicas durante la gestión de Hugo Cóccaro en el año 2007.
En la última jornada de juicio, el Fiscal Mayor Guillermo Quadrini no encontró fundamentos para acusar a los procesados, el ex Secretario de Infraestructura y Emergencia Osvaldo Roberto Colombera, el Subsecretario Victoriano Alfredo Moya, el jefe de Inspecciones Germán Horacio Cuello, el Subdirector General de Obras, Luis Aberto Medina y el Director General de Coordinación Técnica y Operativa del ministerio de Educación, René Manduani.
También estaba procesado (y resultó absuelto como los restantes) el empresario Patricio Ryan, a quien el Tribunal de Cuentas le atribuyó haber cobrado obras de mantenimiento en edificios escolares sin haberlas realizado.
En el debate, sin embargo, quedó evidenciado que la denuncia carecía de elementos probatorios para ser sostenible y, en cambio, abundaron las críticas hacia el accionar del Tribunal de Cuentas y los procedimientos de control puestos en práctica.
Durante su testimonio, incluso, uno de los testigos llegó a afirmar que recibía presiones por parte de los vocales del Tribunal para elaborar informes acusatorios.
Al llevar adelante su alegato, Quadrini admitió la “ausencia de pruebas, siquiera indiciarias” y se abstuvo de conformar una acusación.
A su vez, los demandantes civiles designados por el Tribunal de Cuentas desistieron de asistir a la audiencia y presentaron un escrito con acusaciones sólo en el aspecto civil, actitud que fue criticada en términos condenatorios por los defensores.
Finalmente, el Tribunal compuesto por los jueces Daniel Borrone, Eugenio Sarrabayrouse y Juan José Varela resolvió absolver a todos los acusados, rechazar la demanda civil promovida por el Tribunal de Cuentas en contra de los procesados e imponerle las costas del juicio además de condenar al órgano de contralor a indemnizar a los demandados, remarcando su actitud procesal “temeraria y maliciosa” .
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