Graciela Moreno de Ugarte, jueza de Familia de Córdoba.
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Córdoba: Negarían el registro a deudores alimentarios

Un proyecto presentado en el Concejo Deliberante prevé que aquellos que se encuentren en el Registro Provincial no podrán obtener la licencia de conducir ni desempeñarse como funcionarios jerárquicos municipales. Satisfacción de la Jueza de Familia.

Graciela Moreno de Ugarte, jueza de Familia de Córdoba.

Los deudores de cuotas alimentarias no podrán obtener el registro de conducir en la ciudad de Córdoba, ni otros permisos, como licencias de taxis y remises, y tampoco ser funcionarios políticos de la comuna si el Concejo Deliberante aprueba un proyecto que fue consensuado por al menos dos de los bloques.

La iniciativa que se encuentra para ser tratada por los ediles capitalinos es una síntesis de proyectos presentados por las concejalas Alejandra Vigo, de Unión por Córdoba (UPC), y Carla Abugauch, de la UCR, partido oficialista en el principal municipio de la provincia.

Si es aprobada esa norma, las personas morosas que figuren en el Registro Provincial de Deudores Alimentarios no obtendrán la licencia de conducir, ni chapas de taxis y remises, entre otros permisos municipales, publicó hoy el diario local Día a Día.

«Con este proyecto sumamos varias medidas novedosas, como la exigencia de no estar incluido en el Registro para poder obtener el carné de conducir», dijo Abugauch, en referencia al requisito que será incorporado al Código de Tránsito.

En el artículo segundo, el proyecto establece que a los morosos que figuren en el Registro, ninguna dependencia municipal les podrá autorizar «inscripciones, altas o bajas, transferencias, otorgar habilitaciones, concesiones incluidas las de transporte público, sea taxi, remís o de cualquier naturaleza».

La iniciativa también impide designar como funcionarios jerárquicos de la planta política del municipio a aquellos que estén en el Registro.

«Inicialmente analizamos ampliar la exigencia a quienes pretenden ser candidato a intendente, concejal y tribuno, pero eso requería cambiar la Carta Orgánica, por eso lo dejamos para una segunda etapa», señaló Vigo.

“Son medidas de coacción que ayudan a cumplir”

Desde su lugar como vocal de la Cámara de Familia de 2ª Nominación, Graciela Moreno de Ugarte acumula vasta experiencia en lidiar con conflictos familiares como los juicios de alimentos.

Para la jueza, medidas como las que planea tomar el municipio “son buenas”, y colaboran con el Poder Judicial en la “titánica” tarea de lograr que padres incumplidores paguen las cuotas alimentarias. Sin embargo, y en diálogo con Día a Día, Ugarte aclaró: “Nada que sea para asegurar el cumplimiento de la cuota alimentaria debe ser mal visto, porque las limitaciones que tenemos en Tribunales son muchas. Pero, hay algo básico para hacer: educar a la gente, hacerla consciente de lo que significa la responsabilidad parental. Para el que tiene medianamente transparentada su actividad laboral estas herramientas son medios de coacción. Pero con el que no la tiene, ¿cómo hacés?”.

–¿Hay más incumplidores padres que madres?

–Sí, hasta ahora en la gran mayoría de estos casos es el padre. Subsiste una idea de que cuando la pareja se separa, es una responsabilidad primaria de la mujer la crianza y educación de los hijos, cuando en realidad es de ambos. En general, los chicos quedan viviendo con la madre, y al padre le toca pasar la cuota alimentaria. En ese marco se dan los casos de aquellos que desentienden de sus hijos. Está comprobado que hay una íntima relación entre ausencia de trato paterno filial e incumplimiento: el padre que se desentiende materialmente es porque lo hizo afectiva y espiritualmente de sus hijos.

–¿El conflicto se da en todas las clase sociales?

–En todas. Con la gente de menos recursos a veces sucede que el padre no puede satisfacer sus necesidades mínimas, que es lo más grave. Pero, hay gente de posición económica holgada que tiene el mismo conflicto. Normalmente son mujeres que no trabajan ya que el proveedor económico del hogar siempre fue el padre, y cuando este se va hay gastos que sostener.

–¿En ese caso se fijan cuotas acordes?

–La ley establece que el hijo debe disfrutar de la misma situación económica del padre, no puede haber un padre rico y un hijo pobre. Para fijar las cuotas los jueces consideran ese y otros factores, por ejemplo si tiene otros hijos a cargo. Las cuotas deben cubrir las necesidades básicas y no básicas de los chicos. Existe un especie un parámetro compartido del tipo `si es un hijo, entre 20 y 25 por ciento de los ingresos netos del padre, para dos hijos, del 30 a 35; etc´, pero se usa analizando cada caso.

–¿Coincide con que sólo jueces puedan ordenar incluir a una personas en el Registro de Deudores?

–Sí, es una cuestión de seguridad jurídica porque es como estar en el `Veraz´ por ejemplo; no puede transformarse en un modo de perjudicar a la gente. El juez es el que lleva todo el proceso.

Fuente: DyN/Día a Día