La maniobra se configura a partir de que un club argentino paga un “préstamo” o una “cesión” al club del exterior que funciona como un “paraíso fiscal deportivo”; luego el club del exterior le paga la comisión al representante, el derecho al inversor y la prima al jugador. Todo fuera de la Argentina para ocultar el verdadero ingreso a la AFIP.
En el marco de la causa por triangulación en la compra-venta de jugadores, la AFIP suspendió el CUIT de 146 representantes de futbolistas e investiga ocho de ellos: Mascardi, Passet, Franchi, Asensio, Caniggia, Cyzsterpiller, Issa y Mac Allister
¿Cuál es la carga impositiva que deberían pagar los jugadores, los representantes y los inversores (dueños de derechos económicos) si la operación se hace en la Argentina, entre argentinos?: El representante: 35% sobre la comisión. El inversor (dueño de derechos económicos de jugadores) el 35% sobre la ganancia (entre el precio de compra y venta). El jugador el 35% sobre el sueldo, 35% sobre la prima y 35% por la cesión de sus derechos económicos (cuando los derechos económicos quedan en su poder por ser declarado agente libre).
Si la operación se triangula, el representante y el inversor no pagan Impuesto a las Ganancias en la Argentina, y el jugador paga sólo sobre el sueldo. Esto es lo que se quiere evitar, para lo cual se creó una herramienta de fiscalización denominada Declaración Jurada Anticipada de Fútbol (DJAF) a través de la resolución general 3376 publicada en el Boletín Oficial. A partir de este sistema, antes de inscribir el contrato de un jugador y permitir el giro de divisas, la AFIP deberá validar que la operación sea transparente y que no existe perjuicio fiscal.
Esta herramienta es complementada con una lista dinámica de los paraísos fiscales deportivos, clubes que sirven como plataforma para la triangulación de operaciones. De esta forma, las transferencias que se efectúen utilizando estas plataformas de planificación fiscal nociva sufrirán un pago a cuenta adicional del Impuesto a las Ganancias del 35%“.
