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El Pro presentó un proyecto para derogar la cadena nacional

El bloque macrista elevó una iniciativa para suprimirla. Argumentan que «puede ser utilizado discrecionalmente para satisfacer necesidades políticas coyunturales».

Las últimas y reiteradas apariciones de la presidenta Cristina Fernández despertaron el malestar de la oposición. Tal es así que el bloque macrista elevó una iniciativa para suprimir este instrumento de comunicación. Argumentan que «puede ser utilizado discrecionalmente para satisfacer necesidades políticas coyunturales».

El bloque de diputados del Pro concretó un reclamo de la oposición por las sucesivas apariciones de la presidenta vía cadena nacional. Sin rodeos, propuso en un proyecto de ley derogar este instrumento de comunicación política.

Para ello, los legisladores macristas instan a derogar el artículo 75 de la Ley de Medios, que establece que el Poder Ejecutivo nacional y los poderes ejecutivos provinciales «podrán, en situaciones graves, excepcionales o de trascendencia institucional, disponer la integración de la cadena de radiodifusión nacional o provincial, según el caso, que será obligatoria para todos los licenciatarios».

Según se argumenta en el texto, «la cadena nacional es una rémora del pasado autoritario». «En la era de Internet, donde millones de personas acceden a y producen la información de manera constante y en tiempo real, la cadena nacional es un elemento de museo», justifican.

Además, el Pro advierte que «el uso abusivo y masivo de este instrumento por parte de la presidenta revela que, de mantenerse la norma sin modificaciones, éste puede ser utilizado discrecionalmente para satisfacer necesidades políticas coyunturales».

«En una democracia donde la libertad de expresión para todos y todas está garantizada, no es necesario que los presidentes cuenten con una herramienta superpoderosa como la cadena nacional que de utilizarse discrecionalmente podría limitar el derecho de otros a expresarse», considera el bloque.

Desde el macrismo explican que «en muchísimos países, la cadena no existe como tal, sino que sencillamente las autoridades solicitan a los medios la difusión de determinados contenidos en el caso de emergencias, y estos se los conceden en el marco de una relación normal y razonable entre el titular del espacio, que es el Estado, y sus licenciatarios».

También aclaran que la comunicación de actos del Estado y mensajes para casos de emergencias o estados de conmoción se encuentra salvaguardada a través del deber de colaboración a que los medios se encuentran obligados en los términos de la ley 26.522.