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Diputados aprobó el proyecto sobre identidad de género

El pleno de la Cámara baja aprobó este miércoles con 167 votos a favor, 17 en contra y 7 abstenciones, un proyecto de identidad de género elaborado en base a las iniciativas de Silvana Giudici (UCR), Diana Conti (FpV) y Juliana Di Tullio (FpV).

Luego de un debate de casi cuatro horas, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó este miércoles un proyecto sobre identidad de género en el marco de la última sesión del período de sesiones ordinarias. El pleno de la Cámara aprobó la iniciativa con 167 votos a favor, 17 en contra y 7 abstenciones en la votación en general, aunque la votación en particular dividió aguas entre los legisladores.

El debate en el recinto se llevó a cabo con la exposición de numerosos diputados de diversos bloques, mientras una multitud de militantes de organizaciones sociales como la FALGBT, CHA y ATTA, ocupaban los palcos de la Cámara.

Luego de los discursos de Vilma Ibarra, Diana Conti, Juliana Di Tullio, Juan Pedro Tunessi (UCR) reconoció el trabajo de las organizaciones sociales en la elaboración de la iniciativa y adelantó el voto positivo de su bloque: “Desde la UCR no podríamos oponernos a este proyecto porque defendemos la Constitución Nacional”, aclaró.

El titular de Justicia sostuvo que “hay que reparar esa discriminación, ese ninguneo social, que en muchos casos a obligado a emigrar de sus hogares”, y festejó el tratamiento de la iniciativa: “Creo que estamos construyendo una sociedad más tolerante y reconociendo a estas minorías a ser personas semejantes”.

Por su parte, Julián Obligo (Pro), quien había presentado un dictamen en minoría, adelantó su voto negativo y consideró “mejor trabajar en normas antidiscriminación”.

Gustavo Ferrari (PF), en tanto, planteó disidencias a los artículos 5 y 11 del dictamen de mayoría “para brindar más garantías en el pleno y sano desarrollo social, psicofísico y sexual” de la persona.

Al respecto, advirtió sobre el acceso de menores a la rectificación registral planteada en el artículo 5, ya que “considera riesgoso que con la sola voluntad de los padres se pueda cambiar el nombre y la identidad sexual de un niño que aún no esta en su pleno razonamiento”. En cuanto al artículo 11, pidió “delimitar” las prestaciones del sistema de salud.

Sin embargo, cabe destacar que ambos artículos fueron votados favorablemente durante la votación en particular, luego de un arduo debate que dividió aguas entre los legisladores en este sentido.

Fernanda Gil Lozano (CC), firmante de uno de los proyectos, sostuvo también que «en esta relación de individuo-sociedad hay que denunciar que el Estado liberal no está dando igualdad. Avanzar hacia la igualdad completa es avanzar en la diversidad».

A su turno, Laura Alonso (Pro) adelantó que su bloque va a votar mayoritariamente a favor. La diputada dijo que «hoy estamos visibilizando a uno de los colectivos probablemente más discriminados y torturados por las dictaduras en democracias argentinas».

«Venimos a reformar la ley para reconocer la realidad», finalizó, tras homenajear a la secretaria de la FALGBT Claudia Pía Baudracco.

Cecilia Merchán (Libres del Sur) consideró que con el debate legislativo de la identidad de género, y tras la ley del matrimonio igualitario, “la sociedad argentina dio un paso fundamental”. Al igual que sus pares, reconoció a las organizaciones sociales que trabajaron el proyecto. Finalmente, reconoció que se retira del Congreso “más que satisfecha”.

Los puntos más importantes de la iniciativa

El proyecto de identidad de género contempla que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento. En este sentido, toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de prenombre e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida, in necesidad de ningún trámite judicial o administrativo.

Por otro lado, la norma prevé que todas las personas mayores de 18 años de edad podrán acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa.

En tanto, los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce. Todas las prestaciones de salud contempladas en el presente artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio, o el que lo reemplace, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación.