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Belsunce: excarcelan a los cinco condenados por el encubrimiento

Los cinco condenados por el encubrimiento del crimen de María Marta García Belsunce recuperarán la libertad debido a que no hay peligro de que se fuguen ni entorpezcan la investigación, según resolvió la sala I de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro.

Los camaristas adoptaron esta decisión al aceptar el hábeas corpus presentado ayer por las defensas de los hermanos Horacio García Belsunce (h.) y John Hurtig, el cuñado Guillermo Bártoli, el médico Juan Gauvry Gordon y el vecino Sergio Binello, en prisión desde hace 11 días.

La sala I, integrada por Oscar Quintana y Ernesto García Maañón, ordenó que antes de salir libres, el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de San Isidro fije pautas de comportamiento y una fianza «significativa» para García Belsunce y Bártoli, una caución real para Hurtig y una a determinar para Gauvry Gordon y Binello.

De esta forma, los tres imputados de la familia deberán reunir dinero o presentar propiedades para acceder a la libertad en las próximas horas, según explicaron sus abogados.

En el juicio oral que culminó el 4 de noviembre, Bártoli fue condenado a cinco años de cárcel, García Belsunce a cuatro, Hurtig a tres y medio, y los otros dos imputados a tres años, para quienes los jueces ordenaron su inmediata detención.

Los abogados defensores presentaron un hábeas corpus al lunes siguiente de la condena, pero fue rechazado, por lo que reclamaron la excarcelación ante el TOC 1, pero también fue denegada ante el «peligro de fuga» por parte de los imputados y por las «conductas elusivas al descubrimiento de la verdad».

Al volver a analizar el caso, la sala I entendió que debía aplicarse el mismo criterio que con el viudo de María Marta, Carlos Carrascosa, a quien se le concedió la libertad tras ser condenado en 2007 por encubrimiento y ordenarse su detención.

En su voto, el juez Quintana consideró, en principio, que si bien el TOC 1 puede imponer una pena mientras el fallo no se encuentre firme, los imputados pueden permanecer en libertad y mencionó jurisprudencia de la Corte Interamericana.

Luego dijo que los imputados «han demostrado un fuerte apego a las condiciones que se les impusieran y han concurrido a todos los llamados e incluso a la audiencia final de debate», donde sabían que podían quedar detenidos.

«De tal modo, no tengo razones para considerar que habrán de fugarse», remarcó Quintana.

El camarista descartó los argumentos de la presidenta del TOC 1, María Elena Márquez, respecto de que podían convertirse en prófugos debido a que contaban con «medios económicos, relaciones sociales, vínculos y educación» y dijo que no puede compararse, por ejemplo, al médico Gauvry Gordon con los demás.

Sobre las “conductas elusivas» de los imputados, Quintana dijo que los miembros del TOC 1 no especificaron cuáles fueron y quién es su responsable, lo que impide que esto sea rebatido por las defensas.

En tanto, García Maañón aludió al fallo de la Corte Suprema en el caso Verbitsky, que pide «ponderar adecuadamente la necesidad de mantener la detención, o bien disponer medidas menos lesivas».

Al analizar la situación de cada uno en particular, los jueces consideraron que Gauvry Gordon y Binello, «carecen de antecedentes penales y han demostrado arraigo suficiente, trabajo estable y especialmente, su sometimiento al proceso».

Incluso, cabe la posibilidad de que, al revisarse sus fallos, se determine que su ejecución sea condicional.

Respecto de Hurtig, el camarista García Maañón analizó la frase «…tengo que demostrarle a mis hijos que estos nueve años no fueron en vano, que hay justicia en la Argentina, porque si no me tengo que ir a vivir a otro país…», la cual fue tomada como la jueza por Marquez como un anuncio de que se iba a fugar.

«Esta afirmación no reviste relevancia en la evaluación de las circunstancias que inciden en el peligro procesal de Hurtig», consideró y Quintana recordó que fue pronunciada en sus últimas palabras, en un clima de nerviosismo y ante jueces y la prensa, lo cual no puede significar un «designio».

Sobre García Belsunce (h), se tuvo en cuenta que con «el estado público y mediático de la causa y el apellido que lleva, se puede inferir que si su intención fuera fugarse, no le resultaría fácil», argumento también usado en su momento con Carrascosa.

Respecto de Bártoli, la sala I tuvo en cuenta la observación de la jueza Márquez de que en 2002 fue detenido cuando salía del país, pero Quintana opinó que «tales indicios de fuga han sido desvirtuados por la conducta que desarrolló en el proceso».

Además, valoraron su conducta procesal, su contención familiar y arraigo y dijeron que llama la atención que su informe socio ambiental se haya usado para disminuirle la pena y luego fue descartado.