31 de mayo: Día Mundial sin tabaco

En Argentina mueren 110 personas por día por patologías vinculadas al tabaquismo. Los Funcionarios Públicos deberían hacer respetar lo reglado por la legislación constitucional, garantizando el derecho a la Salud de todos los habitantes.




(Río Grande, mayo 31 de 2010) – Con motivo de conmemorarse el 31 de Mayo el “DIA MUNDIAL SIN TABACO” damos a conocer el INFORME DE SITUACION DEL TABAQUISMO EN ARGENTINA ,TIERRA DEL FUEGO y EN PARTICULAR DE RÍO GRANDE.


En casi todo el mundo las enfermedades transmisibles (infecciones) han dejado de ser la principal causa de muerte y discapacidad, gracias al avance tecnológico en los métodos de diagnóstico y tratamiento, pero fundamentalmente por las Campañas de Prevención (PERMANENTES).


Actualmente las principales causas de mortalidad y discapacidad son las Enfermedades no Transmisibles, tres de ellas causan más del 60% de las muertes: las Enfermedades Cardiovasculares, el Cáncer, y las lesiones externas (accidentes, suicidios, agresiones).


Se estima que para el 2020, de no mediar intervenciones activas, estas 3 causas explicarán el 75 % de todas las muertes.


Pese a estos guarismos, no se advierten medidas, programas, ni campañas de prevención tan explosivas publicitariamente, como costosas, destinadas a la prevención de las enfermedades no transmisibles.


En Argentina la principal causa de mortalidad es una enfermedad no transmisible, la Enfermedad Cardiovascular, siendo la más común, la enfermedad coronaria (cardiopatía isquémica, el Infarto de miocardio).


“El 77 % de los eventos coronarios (infartos) en países Latinoamericanos se explican por 3 Factores de Riesgo: El Tabaquismo, la obesidad, y los niveles de colesterol.


La mayoría de los infartos en América Latina podrían evitarse con cambios en el estilo de vida.


Con solo No Fumar, efectuar ejercicios regularmente y consumir frutas y vegetales diariamente se evitarían el 75% de los infartos”. ( Yusuf S, et al. On behalf of the interheart Study Investigators. Effect of potentially modifiable risk factors associated with miocardial infarction in 52 countries. The Interheart Study: case- control study. Lancet,2004; 364:937-952)


El tabaco es la principal causa de morbi-mortalidad evitable en Argentina y en el mundo (Tabaco y Salud . Paquete de recursos educacionales . Johns Hopkins School of Public Health. OPS. OMS.) , ya que su consumo produce las 3 principales causas de enfermedad y muerte en la región: enfermedades cardiovasculares respiratorias, y cáncer.


Según el informe de la OMS 2002, mueren 4.900.000 personas anualmente a causa del tabaquismo (500 personas por hora).


De acuerdo a la tercera edición de The Tobacco Atlas (Atlas del Tabaco), que confecciona la Fundación Mundial del Pulmón junto a la Sociedad Americana contra el Cáncer, en 2010 morirán 6.000.000 de personas a causa del cigarrillo.


Datos del MSAL revelan que en Argentina mueren alrededor de 40.000 personas por patologías vinculadas al tabaquismo (110 personas diariamente). De ellas 6.000 se deben a tabaquismo pasivo.


– La exposición a humo de tabaco ajeno, también es causa probada de enfermedad y muerte en las personas que no fuman (infartos de miocardio, cáncer de pulmón, mama, y enfermedades respiratorias).


Si bien en este aspecto se ha logrado un avance importante con la prohibición de fumar en ambientes cerrados de acceso público, hay algunas dependencias donde se continúa fumando como señalaremos mas adelante.


En el año 2005 se realizó la primera Encuesta Nacional de Factores de Riesgo de Enfermedades No Transmisibles en Argentina, arrojando los siguientes guarismos: el 33,4 de la población era fumadora activa; ocupando Tierra de Fuego el 2º lugar en el país con un 38,7%. Pero al analizar estos datos debe tomarse en consideración que la encuesta se realizó sobre un población mayor a 18 años y menor a 65 años, no incluyendo a la población adolescente.


La población infanto juvenil es blanco de estrategias de aumento de demanda de tabaco, y que tanto la publicidad, la influencia del grupo de pertenencia, el rol modélico de los adultos, el fácil acceso al consumo, la tolerancia y pasividad social, todos ellos, son factores que incentivan y extienden el consumo de tabaco a edades cada vez más tempranas.


Las mayores presiones de los avisos están dirigidas a jóvenes, permitiendo reclutar clientes para toda la vida, dado el alto poder adictivo de la nicotina.


Se sabe que el 90% de los fumadores comienzan a fumar antes de los 20 años y que en América Latina el 75 % de los que fuman se inicia entre los 14 y 17 años.


La encuesta de GYTS (Global Youth Tobacco Survey) de años 2000 a 2003 indica que un tercio de Adolescentes de 13 a 15 años fuma. Con predominio de mujeres (Global: 27,5%- Mujeres: Varones: 22,9%)-


Cada año 80.000 a 100.000 niños comienzan a fumar. Se calcula (en EEUU al menos) que cada día unos 3.000 niños prueban su primer cigarrillo.


Que pasa con el tabaquismo en jóvenes en Tierra del Fuego?


En el año 2001 se llevó a cabo la 1º encuesta nacional a estudiantes de enseñanza media sobre consumo de sustancias psicoactivas (2001 SEDRONAR) fuente (guía nacional de adicción al tabaco MSAN). En esa oportunidad, Tierra del Fuego ocupó el 1º lugar en el país, al confirmarse que el 43% de los estudiantes de enseñanza media fumaba.




No es de extrañar entonces los resultados que aportó la reciente Encuesta Nacional sobre Prevalencias de Consumo de Sustancias Psicoactivas (2008), los datos se terminaron de procesar a comienzos del 2010. A diferencia de la encuesta del 2005, la del 2008 incluyó a personas entre 16 y 65 años-


La mencionada encuesta reveló que la media nacional fue del 52,5% y Tierra del Fuego ocupó el 1° lugar entre todas las provincias argentinas con el 68,7%.


El incremento en las cifras se explicaría en gran parte por la elevada prevalencia de adolescentes fumadores.


La salud es considerada como un derecho de todo ser humano, indispensable para el ejercicio de los demás derechos.


En tanto considerada como un derecho social, la comunidad, a través de sus representantes, tiene la responsabilidad ineludible de detectar, identificar y resolver en forma solidaria, aquellos factores, que impactando sobre la salud de los individuos, limiten sus potencialidades vitales. Es por ello que los gobiernos Municipales, Provinciales y Nacionales deben recurrir a todas las acciones y recursos disponibles a fin de satisfacer y garantizar el derecho a la salud individual y colectiva.


Pese a que el tabaquismo es la principal causa de muerte prematura evitable en el mundo: no existen políticas ni programas activos de prevención estatales (Provinciales, Municipales).


Haremos un somero repaso y evaluación a cerca del cumplimiento de normas, legislaciones y decretos referidos a la problemática en nuestro medio, describiendo solo los hechos concretos de la realidad, y sin ninguna animosidad política, institucional ni personal.


CONSTITUCION DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO


SECCIÓN III


Deberes Personales


Art. 31.-Todas las personas tienen en la Provincia los siguientes deberes.


1. Cumplir con los Tratados Internacionales, Constituc. Nacional y Pcial…demás leyes, decretos y normas


8. Evitar la contaminación y participar en la defensa del medio ambiente.


9. Cuidar su salud como bien social.


11. No abusar del derecho y respetar los derechos de los demás.



TITULO II


Políticas Especiales del Estado


SALUD.


Art. 53 El estado Provincial garantiza el derecho a la salud ……


La ley de salud pública provincial deberá como mínimo:


4º Promover acciones que protejan la salud en los ámbitos laborales



Ley Provincial 175 (23/09/94) prohíbe fumar en las dependencias de los 3 poderes del estado Provincial, incluye a todo el personal del Estado, tengan o no atención al público y a todo el público que ingrese a en las dependencias.


Pese a la vigencia de esta Ley, que por otra parte solo protegería a los empleados de la administración pública (en caso de cumplirse efectivamente) y solo durante el horario laboral, hoy son varias las dependencias en donde aún continúan fumando (ámbitos de la Administración Central, Poder Legislativo, Poder Judicial, Dirección General de Rentas, IPAUSS, y aún en el Hospital de Río Grande, (para citar solo algunos ejemplos). Resulta inadmisible, que en una institución de salud, cuyo rol modélico social es indispensable en la comunidad en términos de prevención, se permita pasivamente este tipo de conductas (desde la vigencia de la ley año 1994), y peor aún, ya que merced a la ordenanza sancionada en nuestro municipio , donde está vedado fumar aun en bares , boliches, casinos y salas de juego, el hospital público ejerza una conducta lesiva ,no solo sobre sus empleados, sino también al público en general que ingresa al hospital y a los pacientes que acuden a resolver paradójicamente, problemas inherentes a su salud.


Cabe también señalar, que desde que rige esta ley (año 1994) , ninguna Asociación , Agremiación o Sindicato de Trabajadores se ha manifestado exigiendo a las autoridades correspondientes la garantía de ambientes laborales saludables, libres de humo, es decir, ni más ni menos que la defensa del derecho a la salud de sus afiliados o compañeros trabajadores.


Ordenanzas Municipales Río Grande


Ordenanza 1357 29/06/94 se prohíbe fumar en oficinas y espacios cerrados del ámbito Municipal, incluyendo el Concejo Deliberante.


Ordenanza Nº 828/96 se adhiere a la ley 175


Ordenanza 2508/08 prohibe fumar en ambientes cerrados de acceso público, incluidas todas las dependencias Municipales y el Concejo Deliberante.


En algunas oficinas del Concejo Deliberante, y algunas dependencias Municipales todavía se fuma.



Que dice la Carta Orgánica en este sentido?



CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE RÍO GRANDE- (2006)


PREAMBULO: ….Promover una mejor calidad de vida y preservar el ambiente.


Capitulo II: DERECHOS Y DEBERES DE LOS HABITANTES


Art. 21 Derechos de los habitantes:


4 A la salud, trabajo y promoción ….


6 A gozar de un ambiente sano.


Art. 23 Deberes de los habitantes:


9 Preservar el ambiente, evitar su contaminación.


10 Cuidar la salud como un bien social



Ordenanza 2328/06 “El Departamento Ejecutivo Municipal creará el Programa de Prevención y Control de Tabaquismo dependiente de la Secretaria de Asuntos Sociales ….


Esta ordenanza que incluye una asignación presupuestaria para tal fin, sin embargo hasta la fecha no se ha realizado su efectivo cumplimiento (el programa nunca se creó y tampoco existe otro tipo de programa) –



Que dice la Carta Orgánica en este sentido?


CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE RÍO GRANDE- (2006)


Art. 47 El municipio reconoce a la salud como derecho fundamental de las personas. Promueve, planifica y ejecuta programas de medicina preventiva. Prioriza la estrategia de atención 1º de la salud.


Controla periódicamente los factores biológicos..etc. Que pueden causar daños


La Ordenanza Municipal Nº 2508/08 APROBADA EN SESIÓN ORDINARIA DEL DIA 30 DE ABRIL DE 2008. Prohibe fumar en ambientes cerrados de acceso público.


Esta Ordenanza, sin duda ha sido un gran avance, ya que ha tenido un alto acatamiento, especialmente en los locales comerciales. Sin embargo en algunos vehículos de uso público (algunos taxis, remises), cajeros automáticos, paradas de taxis, etc. continúan fumando.


Merced a esta ordenanza Río Grande ha sido nominada Municipio 100% libre de humo, nominación que no se ajusta a la realidad si tenemos en cuenta que se fuma en el Hospital, en la delegación del poder Legislativo, Dirección General de Rentas, Secretaria de Trabajo, algunas oficinas del Concejo Deliberante , la mayoría dependencias provinciales pero adonde concurre el vecino de nuestra ciudad y donde por lo tanto su salud no esta protegida al no garantizarse ambientes libres de humo ( Ver Carta Orgánica del Municipio de Río Grande).


Debe recordarse que las sustancias nocivas del humo del cigarrillo persisten en un ambiente donde se ha fumado por espacio de 15 días, aunque se ventile.


La Ordenanza Municipal Nº 2508/08 También prohíbe la venta de cigarrillos a menores de 18 años.


En muchos locales no existe cartelería de dicha prohibición o bien exhiben la de una Ordenanza ya derogada que prohibía la venta a menores de 16 años.


Pese a la vigencia de la Ordenanza, a diario vemos una gran cantidad de adolescentes fumando. En la mayoría de los casos no existe el compromiso de una venta responsable por parte de los expendedores.


Que dice la Carta Orgánica en este sentido?


CARTA ORGÁNICA DEL MUNICIPIO DE RÍO GRANDE- (2006)


TITULO II


PRINCIPIOS DE GOBIERNO, POLITICAS DE ESTADO MUNICIPALES.


CAPITULO II. POLITICAS DE ESTADO


Art. 42 NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y JUVENTUD


Garantiza los derechos fundamentales.. a la salud


Tratándose de una lesión directa científicamente demostrada, reconocida y avalada por todas las Sociedades Científicas, cabe dentro de las obligaciones de los Funcionarios Públicos hacer respetar lo establecido en las Constitución de la Nación, de la Provincia, y por los preceptos enunciados en la Carta Orgánica Municipal, garantizando el derecho a la Salud de todos sus habitantes


Corresponde a los funcionarios Públicos en su ámbito de actuación declarar expresamente la tutela de la Salud individual y pública, amenazada, por conductas atentatorias contra ellas.


Deben evitar que se produzcan bajo su connivencia, complacencia o simple omisión, lesiones arbitrarias a la Salud de las Personas que concurren a lugares públicos bajo su competencia


Deben por tanto diligenciar todas las medidas conducentes a asegurar el EFECTIVO respeto de los derechos tutelados en las constituciones y en la Carta Orgánica


Es por todo lo expuesto que es imprescindible adoptar medidas y respuestas multisectoriales integrales para reducir el consumo de todos los productos del tabaco, a fin de prevenir, de conformidad con los principios de la salud pública, la incidencia de enfermedades, la discapacidad prematura y la mortalidad debidas al consumo de del tabaco, único producto que promocionado y vendido en forma legal mata a la mitad de quienes lo consumen crónicamente.


Debemos exigir Legislaciones Nacionales, Provinciales, ampliamente abarcativas, con programas en cuya conformación participe activamente el ciudadano común, desarrollándose de manera permanente, con educación, evaluación y monitorización periódica. Garantizar el efectivo cumplimiento de las normas en todos los ámbitos.


Facilitar las condiciones para la cesación tabáquica como ser: capacitar a un mayor número de médicos en cesación tabáquica, proporcionar consultas gratuitas para cesación tabáquica, lograr una máxima cobertura por parte de las obras sociales en los medicamentos utilizados en cesación tabáquica


Todos nosotros tenemos un papel que desempeñar para cambiar esta situación y asegurar la protección pública de la exposición pasiva al humo de tabaco. Los empleadores tienen la responsabilidad de proporcionar ambientes de trabajo sano, libres de humo de tabaco. Los empleados tienen el derecho de exigir un ambiente de trabajo sin riesgos, libre de humo de tabaco. Los padres tienen la responsabilidad de proporcionar a niños hogares libres de humo. Los gobiernos tienen la responsabilidad de legislar los lugares públicos libres de humo de tabaco y lugares de trabajo que sean seguros tanto para los niños como para los adultos. Y los medios de comunicación tienen la responsabilidad de educar al público acerca de la exposición pasiva al humo de tabaco como a ser el vehículo de difusión de normas y legislaciones tendientes a preservar la salud.



R. Maltez – Médico MP 468