Dicho artículo de la Ley establece que la autoridad de aplicación puede “…Peticionar en sede judicial la suspensión o cancelación de una personería gremial o la intervención de una asociación sindical…”.
La intimación de la cartera laboral nacional, dictada a través de la Resolución Nro. 297 firmada por la Secretaria de Trabajo Noemí Rial, exhorta al Sutef “al pleno cumplimiento de la conciliación obligatoria dictada por la Resolución de la secretaría de Trabajo de la Provincia de Tierra del Fuego Nro. 33 de fecha 28 de febrero de 2010”.