El censo nacional se efectuará el 27 de octubre

El Poder Ejecutivo confirmó la iniciativa que estará a cargo del Indec. Se trata de un censo poblacional, de hogares y viviendas. Inscribirán a voluntarios para colaborar en el operativo. El 27 de octubre será declarado feriado.


(Buenos Aires, enero 15 de 2010) – El Poder Ejecutivo Nacional confirmó hoy la realización del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas para el miércoles 27 de octubre y que estará a cargo del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec).


Mediante el decreto presidencial 67, publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo crea un Consejo Superior que tendrá a cargo la coordinación programática y ejecutiva del Censo y que será presidido por el ministro de Economía, Amado Boudou.


El Censo se realizará el miércoles 27 de octubre, que será declarado feriado nacional por este motivo, y los habitantes estarán obligados a responder todo el cuestionario de los censistas bajo pena de ser multado si se niegan o falsean los datos.


El PEN dispuso la convocatoria de ciudadanos mayores de 18 años, con perfiles adecuados, para realizar tareas de relevamiento censal a los que se le pagará una suma fija no remunerativa, y se autoriza el llamado a agentes estatales en caso de ser necesario para cumplir la tarea.


En este último caso, la convocatoria «revestirá la característica de carga pública», por lo que los empleados tendrán la obligación de hacerlo, según indica el decreto.


El último censo de este tipo se llevó a cabo entre los días sábado 17 y domingo 18 de noviembre de 2001 y estuvo también a cargo del Indec.


Los datos demográficos reunidos por los censos nacionales constituyen «la base objetiva que permite determinar el número de representantes a elegir por la población en cada una de las jurisdicciones, durante los actos comiciales que se celebran en el país», remarca el decreto.


También destaca que el censo «reviste la máxima importancia, pues las decisiones y planes de gobierno deben basarse en un conocimiento preciso de la población en términos de su cantidad y distribución territorial, sus características demográficas, educacionales, habitacionales, entre otras».


La información, además, permite realizar estudios sociodemográficas y plantear proyecciones sobre los comportamientos poblaciones en el futuro.


Detalles


El artículo primero del decreto publicado hoy con las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner dispone «la realización del Censo nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010, durante ese año en todo el territorio nacional, el que se declara de interés nacional».


El Censo «estará a cargo del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, administración desconcentrada en el ámbito del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas» y su realización «comprenderá el conjunto de actividades precensales, a realizarse durante los años 2009 y 2010, censales y post-censales», indica el siguiente artículo.


El decreto también dispone la creación de un Consejo Superior que «tendrá a su cargo la coordinación programática y ejecutiva entre los organismos nacionales y provinciales, con el objetivo de asegurar una eficiente colaboración y articulación entre los mismos, a fin de movilizar el conjunto de recursos humanos y materiales necesarios para la realización del operativo en sus distintas fases».


El Consejo estará presido por el ministro de Economía y por otros funcionarios con rango de secretario que actuarán en representación de la Jefatura de Gabinete y de todos los ministerios del Poder Ejecutivo.


La Dirección del Indec integrará el Consejo Superior en carácter de Secretaría Ejecutiva, que deberá constituir un Comité Operativo del Censo integrado por representantes de las distintas jurisdicciones de la administración nacional.


El Indec tendrá a su cargo el diseño metodológico, la planificación, organización, implementación, supervisión y evaluación de todas las etapas del operativo censal.


También se invitará a los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires a constituir Comités Censales Provinciales y Municipales en sus respectivas jurisdicciones y se recomendará la actuación de los Directores Provinciales de Estadística en calidad de Secretarios Ejecutivos de dichos organismos.


Los Comités Censales Provinciales podrán contar con la participación de un representante del Indec.


«Los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de sus organismos dependientes, ejecutarán bajo su responsabilidad el Censo dentro de sus jurisdicciones, siguiendo los métodos, normas y plazos de ejecución que determine el Indec dando cumplimiento al principio de centralización normativa y descentralización ejecutiva establecido en la Ley Nº 17.622», se indicó en el decreto.


Las Fuerzas Armadas y de Seguridad deberán prestar la colaboración que les sea requerida en materia de personal, elementos de comunicaciones y movilidad que le sea requerida por el organismo a cargo del Censo.


Agencia DyN