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(Río Grande, 20 de noviembre de 2009) – El tribunal revocó de tal manera las resoluciones de < ?xml:namespace prefix = st1 ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:smarttags" />
A Taranto, subteniente del Regimiento 5 de Paso de los Libres, se le atribuye el estaqueamiento de Edgardo Oscar Arnoldo, Daniel Martíres González, Gustavo Andrés Nadal y Rosendo Prado y vejaciones a Juan de
Polano fue imputado por el estaqueamiento del conscripto Juan Carlos Gómez.
Según constancias judiciales, los actos denunciados habrían consistido en estaqueamientos a la intemperie por prolongados lapsos, en algunos casos sin abrigo ni zapatos; el enterramiento
de pie en pozos que las mismas víctimas debían cavar; golpizas y la deliberada falta de provisión de elementos de subsistencia.
El tribunal afirmó que en estos casos «no se ha demostrado que el ataque a quienes se señala como víctimas haya sido parte u objetivo de una política» ni «la consecuencia de un plan determinado de ataque hacia una población o grupo en el escenario del conflicto bélico en territorio argentino del Atlántico Sur».
«La solución contraria -agregaron los camaristas Raúl Madueño, Juan Fégoli y Juan Juan Rodríguez Basavilbaso- conllevaría que cualquier hecho delictivo aislado del elemento de contexto, cometido durante el gobierno militar pueda ser considerado como de lesa humanidad».
Los camaristas entendieron que las acciones penales contra Taranto y Polano están prescriptas, por lo que ordenó remitir las respectivas causas a los tribunales de origen para que se expidan de conformidad con lo por ellos resuelto.
Fuente: Télam