Con el voto favorable de 4 de los cinco concejales presentes en la sesión extraordinaria, el cuerpo deliberativo aprobó la ordenanza que instrumentó para la ciudad de Ushuaia la infracción en suspenso, para el caso de vehículos de uso particular que carezcan de < ?xml:namespace prefix = st1 ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:smarttags" />
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La norma determina que la entrada en vigencia de esta medida de excepción será dispuesta por el Departamento Ejecutivo toda vez que medien razones fundadas que lo ameriten. Es decir, cuando por saturación en la capacidad de atención del único taller afectado a la realización del RTO este difiera la entrega de turnos.
En caso de que se resuelva su aplicación, la infracción en suspenso podrá tener un plazo de vigencia de 90 días, pero podrá ser aplicada siempre que se reitere la circunstancia antes mencionada.
El vehículo que circule con
Dentro de ese plazo, el responsable del rodado deberá concurrir al Juzgado de Faltas del Municipio con la constancia de realización de
En caso contrario, la infracción se hará efectiva, debiéndose abonar la multa correspondiente.
La ordenanza resultó aprobada por los concejales del Frente para