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El Municipio de Ushuaia combate el tráfico de pirotecnia

Incineraron unos 50 kg. de material de uso prohibido, ingresado ilegalmente a la provincia. Había sido incautado en comercios y domicilios particulares. En Río Grande no hay antecedentes de operativos similares.

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(Ushuaia 21/01/09) – Con el apoyo del Cuartel de Bomberos Ushuaia y de < ?xml:namespace prefix = st1 ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:smarttags" />la Policía Provincial, la Municipalidad de Ushuaia procedió este miércoles a la destrucción de unos 50 kilos de pirotecnia que había sido incautada por infringir la ordenanza que prohíbe su tenencia y comercialización en la ciudad. Se trató de distintos tipos de fuegos de artificio secuestrados a personas «en la vía pública, en comercios y en domicilios particulares con orden de allanamiento», según precisó el subsecretario de Seguridad Urbana de la Municipalidad, Federico Schärer.

Cerca de las 19,30 horas, en un contenedor que es utilizado habitualmente por bomberos voluntarios para sus prácticas, camino a la salida de la ciudad, personal del Cuartel Ushuaia, de la Policía de la Provincia y de Defensa Civil Municipal comenzó con la destrucción del material incautado.

También estuvieron presentes el subsecretario Schärer y el escribano municipal José Lorenzo.

Cabe recordar que la Ordenanza 971/92 prohíbe «en el ámbito del ejido urbano de la Municipalidad de Ushuaia, la tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta al público, mayorista o minorista y uso particular, de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea éste o no de venta libre y/o fabricación autorizada».

Según Schärer estos elementos no sólo fueron secuestrados en comercios, sino también en la vía pública y hasta en domicilios particulares, para lo que se contó con órdenes de allanamiento.

La ordenanza en cuestión establece además que su incumplimiento «será reprimido con multa de 100 a 500 U.F.A. la primera infracción, duplicándose en la segunda y triplicándose en la tercera infracción y sucesivas, respecto de la multa anteriormente impuesta, más el decomiso de los elementos probatorios de la infracción».

Si se tratara de locales comerciales, dice la norma, se aplicarán estas mismas multas «más clausura de quince a treinta días, por la primera vez y clausura definitiva en la segunda infracción».