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El jueves por la tarde se celebró en el Concejo Deliberante de Río Grande la duodécima sesión ordinaria, última del período 2008 y en dicho cónclave se aprobó el Presupuesto 2009 que será de casi 300 millones de pesos.
A continuación, el texto completo de la ordenanza que fija la suma de dinero que dispondrá el Municipio para administrar la ciudad.
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
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CONSIDERANDO:
Que resulta necesario contar con una programación económica y financiera que refleje el plan del ejercicio financiero 2009 para la concreción de las políticas y en concordancia con los principios expresados en
Que es prioritario garantizar el adecuado aprovechamiento de los recursos económicos y el capital humano de
Que la presente contempla la optimización de los recursos que se prevén recaudar durante el ejercicio financiero;
Que está orientada a una más clara expresión del gasto encaminada a asegurar la transparencia de las Cuentas Públicas;
Que las políticas impulsadas por esta gestión contemplan el Desarrollo Urbano, el control del Medio Ambiente,
Que dicho impulso se refleja en la importante afectación prevista para el fomento de las actividades productivas;
Que es objetivo de
Que es objetivo de
Que en el Marco de
Que los cambios y reformas en el Ámbito de
Que para la formulación del presente se ha utilizado como metodología el desarrollo de objetivos por parte de las áreas intervinientes, fortaleciendo el proceso de formulación, ejecución y evaluación a través de Presupuesto por Programas;
Que el nivel de Gastos e Inversiones corresponde a los niveles de actividad estimados y de cobertura que debe realizar
Que la estimación realizada de Ingresos y Egresos es coherente a fin de alcanzar los niveles de endeudamiento y el equilibrio fiscal óptimos del período considerado, donde debemos además contemplar las potenciales variaciones como consecuencia de los incrementos de precios y los desequilibrios provinciales;
Que por lo expuesto resulta necesario dictar el instrumento administrativo correspondiente, siendo éste, además de una autorización para gastar, una herramienta esencial de programación y ejecución;
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTEDEL MUNICIPIO DE RIO GRANDE
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°- ESTÍMASE en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($238.794.341,68), los recursos destinados para atender las erogaciones presupuestarias de
ARTICULO 2°- FÍJASE en la suma PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($238.794.341,68), las erogaciones corrientes, de Capital, financieras y Amortización de deuda del Presupuesto de Gastos de
ARTICULO 3°- Del monto total de las erogaciones establecidas en el art. 2°), DETERMÍNESE para
ARTICULO 4°- Del monto total de las erogaciones establecidas en el art. 2°), DETERMÍNESE para la jurisdicción DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, lo que representa la suma autorizada de PESOS DOSCIENTOS QUINCE MILLONES QUINIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS DOS CON CUARENTA CENTAVOS ($215.503.802,40), para destinar al funcionamiento institucional del mismo, que se compondrá de la siguiente manera:
Gastos en Personal$ 113.777.679,48
Bienes de Consumo$ 7.346.529,42
Servicios no personales$ 27.862.760,49
Bienes de Uso $ 1.484.240,01
Transferencias$ 4.132.593,00
Activos Financieros $ 1.400.000,00
Servicios de Deuda $ 14.500.000,00
Obra Pública $ 45.000.000,00
ARTICULO 5°- Del monto total de las erogaciones establecidas en el art. 2°), DETERMÍNESE para
ARTICULO 6°- Del monto total de las erogaciones establecidas en el art. 2°), DETERMÍNESE para
ARTICULO 7°- Del monto total de las erogaciones establecidas en el art. 2°), DESTÍNASE al FONDO SOLIDARIO DE INCENDIOS, la suma de PESOS CUARENTA MIL ($40.000,00), para las erogaciones destinadas a la construcción de los módulos habitacionales de acuerdo con la normativa legal vigente. La ejecución de la misma queda a cargo de
ARTICULO 8°- Del monto total de las erogaciones establecidas en el art. 2°), DESTÍNASE al PRESUPUESTO PARTICIPATIVO, la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($4.250.539,28), el cual sólo podrá ser modificado por autorización expresa del Concejo Deliberante.
ARTICULO 9°- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, ESTÍMESE el siguiente Balance Financiero Preventivo:
I – RECURSOS
1. Ingresos Corrientes $ 238.794.341,68
1.1. De Jurisdicción Municipal$ 32.347.920,00
1.2. De Otras Jurisdicciones $ 206.446.421,68
II – EGRESOS $ 238.794.341,68
Jurisdicción I- Concejo Deliberante $ 14.553.881,21
Jurisdicción II- D.E.M – Erogaciones $ 215.503.802,40
Jurisdicción III- Juzgado de Faltas $ 1.438.318,79
Tribunal de Cuentas Municipal $ 3.007.800,00
Fondo Solidario de Incendios $ 40.000,00
Presupuesto Participativo$ 4.250.539,28
ARTICULO 10°- FÍJASE la planta de personal en el total de UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE (1.359) cargos de la planta permanente y contratado de la siguiente forma:
a) Personal del D.E.M 1.260
b) Personal del Juzgado de Faltas17
b) Personal del Tribunal de Cuentas Municipal18
c) Personal del Concejo Deliberante
c-1) Planta Permanente 47
c-2) Planta Contratada1
c-3) Personal de Bloque 16
c-4) Asesores: la cantidad de los mismos será establecido por cada concejal en función del tope establecido por el presidente del órgano.
ARTICULO 11°- PRESENTARÁ el Departamento Ejecutivo Municipal al Concejo Deliberante la siguiente información con la frecuencia detallada a continuación:
• Ejecución Presupuestaria del Gasto por Objeto, forma mensual.
• Recaudación de Recursos, en forma mensual.
• Estado del Tesoro, en forma bimestral.
• Estado de
• Estado de pagos efectuados al IPAUSS, de conformidad con las disposiciones de
• Estado de Ejecución del Plan de Obra Pública, en forma bimestral.
Dichos informes tendrán como plazo máximo de presentación el día 10 del mes siguiente, o el día hábil siguiente, al que se refieran los informes, pudiendo el D.E.M solicitar una prorroga de 5 dias corridos por motivos fundados .
ARTICULO 12°- APRUÉBESE para la formulación, la ejecución y evaluación presupuestaria
ARTICULO 13°- FACÚLTASE a
ARTICULO 14°- CENTRALÍZACE en
ARTICULO 15°- CENTRALÍZACE en
ARTICULO 16°- CENTRALÍZACE en
ARTICULO 17º- FACÚLTASE al Concejo Deliberante, Departamento Ejecutivo Municipal, Tribunal de Cuentas Municipal y Tribunal de Faltas Municipal a reajustar los creditos autorizados en la presente Ordenanza conforme al Clasificador de Gastos vigente, en un porcentaje de hasta el 10 % (diez por ciento) de la partida original aprobada.
No podran realizarse transferencias de créditos entre las partidas destinadas a Gastos Corrientes y Gastos de Capital.
Todo reajuste, variación y/o modificación que exceda el 10% (diez por ciento) de la partida aprobada debera ser presentado al Concejo Deliberante, para su aprobación, de manera fehaciente en el termino de 15 (quince) días hábiles de efectuada las mismas.
ARTICULO 18°- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar subsidios o transferencias no reintegrables con organismos nacionales e internacionales para el cumplimiento de los objetivos.
ARTICULO 19°- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar alternativas o analizar estructuras de financiamiento como préstamos o fideicomisos con organismos nacionales, internacionales u otros agentes del sistema financiero nacional e internacional para el cumplimiento de los objetivos dentro de los límites establecidos en
ARTICULO 20°- ESTABLECESÉ que las sumas autorizadas en concepto de Gastos en Publicidad se ejecutarán, como máximo, a razón de un cuarto (1/4) del total de la partida por cada trimestre.
ARTICULO 21°- ESTABLECESÉ que las sumas autorizadas en concepto de transferencias se ejecutarán, como máximo, a razón de un cuarto (1/4) del total de la partida por cada trimestre. Cuando circunstancias especiales ameriten un tratamiento diferente al dispuesto en el presente articulo, el Departamento Ejecutivo podrá solicitar la excepción a ala misma, la que será sometida a la voluntad del Cuerpo Deliberativo.
ARTICULO 22°- ESTABLECESÉ que el Fondo Anticíclico no será disminuido de lo establecido en el Ejercicio 2008, más los intereses generados por el depósito bancario del mismo.
ARTICULO 23°- APRUEBASE el Plan de Obra Pública que se detalla en el Anexo III, y que forma parte de la presente norma.
ARTICULO 24°- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a la reconducción de las partidas del Ejercicio 2008 de Colectora Cloacal, Red de Gas Chacra XI y Construcción de Nuevo Edificio Concejo Deliberante y Juzgado de Faltas (según se detalla en el Anexo III).
ARTICULO 25°- FACÚLTASE al Presidente del Concejo Deliberante a reconducir y distribuir las partidas superavitarias del Ejercicio 2008 correspondientes a
ARTICULO 26°- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a distribuir inicialmente las sumas destinadas en el artículo 4° de la presente ordenanza a fin de adecuar las mismas a los objetivos incluidos en el detalle propuesto por dicho departamento, por la aplicación de Metodología de Presupuesto por Programas, con excepción de las cifras destinadas al Fondo Anticíclico y al Gasto de
ARTICULO 27°- ESTABLÉCESE según el artículo 82 de
– Concejo Deliberante: 6,15%
–Tribunal de Cuentas Municipal: 1,25%
– Tribunal de Faltas Municipal: 0,60%
ARTICULO 28°- DE FORMA.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, PÚBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL, CUMPLIDO, ARCHÍVESE.