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Con la única excepción de la diputada Bertone (que no firmó el proyecto) la totalidad de los diputados de Tierra del Fuego coincidieron en la necesidad de declarar a la provincia «aerodependiente» para obtener distintos beneficios en materia de transporte aéreo, y esta semana presentarán un proyecto de ley en el Congreso. La iniciativa ha logrado además la expresión respaldatoria de la mayoría de los dirigentes de l provincia y la declaración de interés por parte del Concejo Deliberante de Río Grande.
Uno de los autores del proyecto es el diputado nacional Leonardo Gorbacz (ARI), quien dijo hoy a Télam que «la aerodependencia es indiscutible, ya que el avión es el único medio de transporte eficiente para el vínculo entre Tierra del Fuego y el país».
«En Tierra del Fuego son los trabajadores los que usan el avión, no los ricos. Además de los turistas. Se trata de un transporte social y vivimos permanentemente graves consecuencias de los problemas que existen con los aviones» explicó el diputado del ARI.
Entre otros problemas, explicó que a Tierra del Fuego «en general le tocan los peores horarios y sufre las cancelaciones antes que cualquier otro destino. Para los viajes por razones de salud, que son demandados por mucha gente, estos problemas son gravísimos. Y además los costos son los más altos».
Indicó que de lograrse la declaración de «provincia aerodependiente» Tierra del Fuego se verá beneficiada por tres mecanismos concretos: habrá más frecuencias y estarán aseguradas; tendrán tarifas preferenciales, y se dispondrá un sistema de protección ante paros.
Destacó que en el proyecto coincidieron con su compañera de bancada Nélida Belous, pero también con el diputado justicialista Rubén Sciutto y la diputada del Paufe Mariel Calchaquí, además de los diputados de Buenos Aires, Ariel Basteiro, (Socialismo) y Carlos Raimundi (SI-ARI).
Sostuvo que también es importante el respaldo expresado por el Concejo Deliberante de Río Grande, donde «la población creció mucho y al no tener la afluencia turística de Ushuaia salieron muy perjudicados, ya que la ruta aérea es menos rentable para las empresas. Las frecuencias cayeron a menos de un vuelo por día y, además, es una escala que se hace con aviones más chicos».
Consenso
El diputado Rubén Sciutto también expresó su apoyo a la iniciativa mediante un comunicado, señalando que «el proyecto es el resultado del consenso de todos los legisladores fueguinos, que superaron diferencias partidarias o posturas ideológicas».
«Estamos en el momento oportuno para nuestro proyecto, ya que buscamos el acompañamiento y los consensos con pares de otras provincias», expresó en referencia a acuerdos logrados en la reciente discusión y sanción del proyecto de reestatización de Aerolíneas.
A su vez, el intendente de Ushuaia Federico Sciurano dijo a Télam que «Tierra del Fuego es una provincia aerodependiente, lo diga o no lo diga una resolución de < ?xml:namespace prefix = st1 ns = "urn:schemas-microsoft-com:office:smarttags" />
«Obviamente es muy bueno este debate que se haya generado a partir del tema de Aerolíneas porque nos permite a provincias como la nuestra lograr la atención en una discusión nacional», sostuvo.
La iniciativa también logró el beneplácito del Instituto Fueguino de Turismo (INFUETUR), cuyo secretario de Relaciones Exteriores Pablo Pfurr, dijo a Télam que «esta provincia resultó muy perjudicada por las políticas aerocomerciales y ahora hay más camas que asientos de avión».
Texto del proyecto
Declaración de
Art. 1º. Declárase a
Art. 2º. Modifícase el art. 109 de ley 17.285, el que quedará redactado de la siguiente manera:
«Los itinerarios, frecuencias, capacidad y horarios correspondientes a los servicios de transporte aéreo regular y las tarifas en todos los casos, serán sometidos a aprobación previa de la autoridad aeronáutica.
Para el caso de los servicios aéreos hacia y desde
Art. 3º. Modifícase el art. 44 de la ley 19030 que quedará redactado de la siguiente manera:
«Se podrán fijar tarifas especiales cuando sea de interés fomentar el desarrollo de determinadas zonas del país, el transporte por vía aérea de cierto tipo de mercancías y mejorar la explotación.
Establécese para los usuarios con domicilio acreditado en
Art. 4º. Modifícase el art. 24 de la ley 25.877, el cual quedará redactado de la siguiente manera.
«Cuando por un conflicto de trabajo alguna de las partes decidiera la adopción de medidas legítimas de acción directa que involucren actividades que puedan ser consideradas servicios esenciales, deberá garantizar la prestación de servicios mínimos para evitar su interrupción.
Se consideran esenciales los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable, energía eléctrica y gas, el control del tráfico aéreo y el servicio de transporte aéreo de correo, carga y pasajeros desde y hacia los aeropuertos de
Art. 5º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur es la provincia más austral de
Tierra del Fuego, luego de ser Territorio Nacional, adquirió su estatus como Provincia en 1992. En ella habitan más de 140.000 personas con una remarcable tendencia en aumento, generando un mayor dinamismo social y económico.
Históricamente, el transporte aéreo constituye el vehículo esencial para comunicar a los fueguinos con el territorio nacional continental. Además, y por la extensión geográfica de nuestro país, este medio reviste una importancia extraordinaria. Permite que los diversos puntos geográficos se conecten, sin más limitaciones que las originadas por la autonomía de las aeronaves y sus posibilidades técnicas, así como la infraestructura en tierra para recibirlas. Con esas dos condiciones cumplidas, el aerotransporte es el mejor y más adecuado medio para unir las zonas mas alejadas del país.
En el caso fueguino es aún más gravitante ya que
El paso de la provincia al continente o viceversa por vía terrestre es complejo: salir de
Por otro lado, el transporte marítimo entre la provincia y otros puntos del país se utiliza únicamente para trasladar insumos y productos en buques especiales. No existe como transporte para pasajeros, pues ello implica barcos de gran calado y peso, y un tiempo prolongado de viaje supeditado siempre al clima imperante.
La experiencia nos ha demostrado que la ineficiente prestación del servicio público de transporte aéreo genera enormes dificultades a la población de
Ninguna otra provincia de
El aerotransporte permite desplazarse con gran velocidad -por ejemplo, el viaje Ushuaia-Buenos Aires se realiza en aproximadamente 3 horas y media., reduciendo el tiempo necesario para trasladarse de un lugar a otro. Esta reducción influye positivamente en la multiplicación de los vínculos socio-económicos de los habitantes fueguinos.
Basta pensar en la inmensa cantidad de actividades que podrían desarrollarse por disponer del tiempo empleado en largos viajes por vía terrestre. El aerotransporte ha vencido al aislamiento, uniendo lugares que otros medios no unen o lo hacen dificultosamente. También sobrepasa los escollos geográficos de la tierra y el mar, puesto que en el aire no existen estrechos, pasos, canales ni montañas. De esta forma se ubica como un comunicador de primer orden; factor de desarrollo económico y social para los fueguinos. El correo, las encomiendas, la carga sanitaria y cuestiones que hacen a lo cotidiano en la zona mas austral de nuestro país, solo se pueden materializar por la vía aérea.
En un sentido más abarcador, la declaración de una Zona Aero-dependiente implica cuestiones que hacen a la soberanía e interés nacional. La ley 19030 dispone en su artículo 3º que «En el orden interno continuará asegurándose la vinculación aerocomercial entre puntos del país…» La norma pretende asegurar la conexión del territorio, lo que se traduce como acto de soberanía. En el mismo sentido, el artículo 32 establece «Que el transporte aerocomercial actúe como un instrumento eficiente al servicio del desarrollo nacional, intercomunicando adecuadamente las distintas regiones del país, mediante la coordinación de esfuerzos estatales, mixtos y privados, en un conjunto armónico en el que se eviten superposiciones perjudiciales;…»
Queda claro que este servicio de transporte reviste una importancia principal para la integración territorial y el desarrollo del país, inscribiéndose en una dimensión estratégica y geopolítica que en su momento fue recogida por la ley.
Si esto ocurre, la garantía constitucional sería vulnerada.
En el orden internacional, las Naciones Unidas también reconocen y protegen la unidad territorial de los Estados. La resolución 1514 de su Asamblea General declara en el punto 6º que «Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de
Debemos ahondar sobre la importancia estratégica de la conexión entre el continente y
Un Estado proyecta su soberanía, provee bienestar a su población y logra sus objetivos supremos mediante las comunicaciones y los transportes eficaces en su territorio. Por ejemplo, el ferrocarril en Estados Unidos y Alemania fue determinante de su afianzamiento social, político y económico. En nuestro país, el diseño respondió a otras necesidades. Todas las líneas de transporte comunicaban al interior con Buenos Aires, en un sistema radial, con un objetivo básicamente económico: trasladar la producción al principal puerto atlántico. En la década pasada, se vulneró gravemente al sistema ferroviario y muchas regiones del interior quedaron aisladas.
En el caso del aerotransporte, Estados Unidos posee una inmensa red de cabotaje que conecta todo el país. Su diseño geopolítico es descentralizado como reflejo de un fuerte federalismo; con muchas grandes ciudades -polos económicos, políticos y productivos- que motorizan las regiones. La necesidad de interconexión es evidente y fortalece el entrelazado del territorio, beneficiando a la población en todo aspecto. En términos geopolíticos, los países que tienen proyección, fortalecen sus regiones mas lejanas y fronterizas, y su hinterland; espacio entre estas y los núcleos principales. La soberanía no es sólo formal, sino concreta y efectiva, y el desarrollo llega equitativamente a todos.
Tierra del Fuego tiene una especial importancia en cuanto a la comunicación con dos océanos, por encontrarse entre el Pasaje de Drake y el Estrecho de Magallanes. Además, es el portal argentino hacia
Como surge a simple vista, nuestra provincia está desprendida físicamente de nuestro continente nacional, sin embargo la voluntad, el esfuerzo, la espiritualidad y una estrategia integradora ha hecho de ella una parte inseparable de nuestro territorio y ser nacional. Para sostener y crecer en esta voluntad es indispensable -diríamos, vital- la constancia, frecuencia y previsibilidad del servicio de aerotransporte. Suplir estas necesidades es algo fundamental, que hace a cuestiones estratégicas, políticas, sociales, humanitarias y económicas, involucrando a
Definimos «aero-dependencia» como la situación que surge de una especial característica geográfica que afecta a una determinada región del país y que depende del aerotransporte para satisfacer la necesidad de comunicación y traslado de su población, la cual no puede ser asistida de forma masiva, eficiente y veloz por algún otro medio.
De allí que consideramos imperioso declarar por ley a Tierra del Fuego como «Zona Aero-dependiente», atendiendo a razones de índole nacional, federal y provincial y del fortalecimiento de la soberanía en todo el territorio.
Este estatuto especial que proponemos, generaría consecuencias específicas. Por eso, en el art. 2º del proyecto, se dispone que el plan de rutas del servicio aéreo que debe aprobar la autoridad fiscalizadora, deba también contar con la aprobación del Gobierno de
Es primordial que la aprobación de la cantidad de vuelos de que se va a disponer en cada época del año, previo a ser aprobado por
De hecho, a fines del año pasado y en vísperas de las fiestas de fin de año, se redujeron abruptamente las frecuencias semanales a Río Grande, ocasionando un grave prejuicio a todas las familias riograndenses que tenían pensado viajar para esas fechas. A la fecha, todavía no se volvieron a recuperar las frecuencias caídas.
En cuanto al art. 3 º de este proyecto, contempla la constitución de una tarifa especial.
Ya en el art. 44 de la ley 19030 se establece la facultad para fijar tarifas especiales cuando sea de interés fomentar el desarrollo de determinadas zonas del país.
Como consecuencia de su aero-dependencia
La realidad es palmaria. Las tarifas comerciales a la provincia y desde allí a otros puntos del país, es de $1000 aproximadamente. A todas luces dicho precio no es accesible para la mayoría de la población. Esto se agrava por ser el único medio de transporte soberano y eficaz para transportar personas, carga y correo.
Es por eso que el art. 3 ofrece a la población una tarifa de servicios aéreo que implica la mitad del precio comercial, al cual solo pueden acceder los residentes y estudiantes de
Esta tarifa es la que realmente hace posible el acceso al servicio de transporte y todo lo que ello implica como medio o herramienta para acceder a tantos derechos como la educación, la salud, la comunicación, y el libre transito. Es que
Si bien existe una tarifa diferenciada para distintas regiones de nuestro país, denominada tarifa de residentes, la misma es prácticamente imposible de conseguir. Se le han puesto estrictas condiciones y un cupo pre- determinado, además de ofrecerse no sólo para el viaje que parte de la periferia al centro sino también a la inversa, de modo que las pocas plazas disponibles terminan siendo utilizadas tanto por los residentes en las zonas alejadas como por los que por razones turísticas o de negocios viajan a nuestra Provincia, desvirtuándose así el sentido original de la resolución. Si bien el Decreto 1012/06 ordenó a
El art. 4º es una consecuencia directa de todos los artículos mencionados. La aero-dependencia, el garantizar las frecuencias y vuelos necesarios, las tarifas especiales, demuestran la importancia que tiene ese servicio para Tierra del Fuego. De lo relatado surge como imprescindible la consideración del servicio de transporte aéreo para
Esta definición , del art. 24 de la ley 25.877, contempla que «en caso de conflicto de trabajo alguna de las partes decidiera la adopción de medidas legítimas de acción directa que involucren actividades que puedan ser consideradas servicios esenciales, deberá garantizar la prestación de servicios mínimos para evitar su interrupción.»
El art. 4º del presente proyecto va mas allá, por que
Pero esta inclusión del servicio de transporte aéreo como servicio esencial, no solo deberá garantizar un servicio mínimo para evitar su interrupción sino que contiene la prohibición a ser disminuidos o modificados. Esta diferencia se da, pues la disminución o modificación de las frecuencias de los vuelos relativos a la provincia generan un daño irreparable a la población a causa de la aero- dependencia.
Las cargas e insumos sanitarios, el correo, las relaciones familiares, la educación, la integración, las mercaderías, el comercio, el abastecimiento todo ello depende del servicio aéreo.
Mediante la aprobación del presente proyecto no solo legislamos sobre la problemática que afecta a una provincia de nuestro país, sino que afirmamos de manera efectiva el principio de soberanía territorial, el desarrollo y la integración nacional.
A diferencia de los recursos naturales que posee la provincia, hay un sector como el turismo que será una fuente inagotable de divisas y puestos de trabajo. Pero para que ello suceda se le debe ofrecer a los turistas un servicio aerocomercial accesible, confiable y permanente hacia los destinos turísticos de Tierra del Fuego. Según datos de