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Tarifazo: luego del fallo, la CAME también presentó un recurso de amparo

CAME (Cámara Argentina de la Mediana Empresa) presentó una acción de amparo colectivo ante la Justicia federal en la que solicitó la nulidad de las resoluciones por las que se fijó el aumento en las tarifas de gas.

La entidad presentó el recurso en el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín, y lo hizo en representación del comercio, la industria, la producción y el turismo pyme. En el amparo solicitó que «se declare la nulidad y, en su caso, invalidez constitucional de las resoluciones que imponen el esquema de incremento del servicio público del gas, y todo otro aumento dispuesto en los cuadros tarifarios».

CAME fue así la primera entidad que se presentó en la Justicia tras el fallo de la Corte Suprema que anuló las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía para los usuarios residenciales por considerar que éstos no tienen los medios para litigar individualmente. De todas formas, en algunas provincias, como Chubut, donde los fallos locales suspendieron los aumentos para todos los usuarios, las pymes industriales y comerciales siguen sin pagar las subas.

CAME pidió que «lo resuelto por la Corte Suprema sea extensible a los usuarios comerciales, industriales, de la producción y turismo de todo el país; y que se ordene a las demandadas (distribuidoras de gas) abstenerse de requerir el cobro de las facturas correspondientes al cuadro tarifario impugnado».

También reclamó que «se disponga un nuevo esquema de precios y tarifas para el servicio de suministro de gas, con arreglo a la Constitución y a la legislación vigente, realizando el procedimiento previo de publicidad y consulta pública».

Por otra parte, la entidad solicitó que «se restablezca el sistema tarifario anterior a las normas impugnadas hasta tanto el Estado nacional fije precios y tarifas con arreglo a las normas constitucionales y legales; para los usuarios que hubieran realizado el pago de las facturas con las tarifas fijadas por las normas impugnadas, que se tome el excedente como pago a cuenta o bien se disponga el reintegro; y que se ordene al Estado nacional que disponga el pertinente procedimiento de audiencia pública que incluya a todos los sectores productivos».

 

Fuente: Ámbito

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