Jueza Fedral Marta Yañez (Imagen Tiemposur)
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En Santa Cruz, la Justicia ordenó frenar el tarifazo del gas

Lo dispuso la jueza Marta Yáñez. Afirma que la brutal suba en las tarifas es «violatoria de los derechos de los vecinos» y que «compromete las condiciones de vida digna»

La jueza Marta Yánez, magistrada subrogante del Juzgado Federal de Río Gallegos, suspendió la aplicación del aumento en las tarifas de gas en todo el territorio provincial, al hacer lugar a una presentación realizada por un senador nacional y concejales de esa ciudad.

El dictamen había sido firmado por el fiscal de Primera Instancia Gonzalo Miranda, ante una acción de amparo presentada por el senador Alfredo Anselmo Martínez y los ediles Daniel Alberto Roquel y Fabián Leguizamón.

Yáñez declaró admisible la acción de amparo, al considerar que la resolución del Ministerio de Energía que fijó las nuevas tarifas a cobrar por la empresa Camuzzi Gas del Sur, y que incrementó el precio del servicio de provisión de gas en casi un 500%, es «violatoria de los derechos de los vecinos».

La jueza solicitó a la cartera nacional que notifique por sus canales internos a todas y cada una de las entidades, así como también a todas aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, para que puedan tomar participación en estos actuados.

El jueves el fiscal de Estado de Chubut, Diego Martínez Zapata, realizó también una presentación ante la Justicia Federal, por instrucción del gobernador Mario Das Neves, para frenar la suba en la tarifa de gas y su impacto en los usuarios de la provincia.

La demanda se formalizó en el Juzgado Federal de Rawson, alegando la supuesta inconstitucionalidad de la decisión del Estado nacional.

El funcionario explicó que «formalizamos la presentación de esta demanda con dos medidas cautelares a los efectos no solo de tutelar los bienes y servicios del Estado provincial, sino también se solicita que se haga extensiva esta medida a toda la ciudadanía del pueblo del Chubut y obviamente también a las pequeñas y medianas empresas».

La presentación apuntó a mantener la matriz productiva y las fuentes laborales de la provincia, y señaló que uno de los fundamentos centrales es «la arbitrariedad y la ilegalidad manifiesta, por cuanto se ha violado la audiencia pública que prescribe en materia de servicios públicos la normativa específica, obviamente teniendo en cuenta el alto impacto que tiene en el poder adquisitivo y en el bolsillo de todo usuario y consumidor de este esencial servicio público».

 

Compromete las condiciones de vida digna

La titular del Juzgado Federal de Caleta Olivia, Marta Yáñez, se encuentra subrogando los estrados riogalleguenses desde que la Corte Suprema puso en vigencia el fallo Uriarte, con el que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Subrogancias y debió irse Andrea Askenazy Vera.

La decisión de la Jueza se basa en la causa iniciada por los concejales Daniel Roquel, Fabián Leguizamón y el senador Alfredo Martínez quienes ya esta semana habían tenido a su favor el dictamen del fiscal Federal -también subrogante- Gonzalo Miranda, aunque el funcionario entendió que no debían arrogarse la representación popular de los santacruceños, ya que ésta sólo se limita a su ámbito parlamentario. Así, no le asignó carácter colectivo a la demanda.

Yáñez fue en este sentido y aceptó la vía del amparo para los denunciantes entendiendo que ejercen por derecho propio, como “usuarios y consumidores”, bajo el patrocinio de Arturo Saa.

Declárese la admisibilidad formal de la acción promovida, por cuanto encuentro reunidos los requisitos que la habilitan  como remedio excepcional, justificado cuando los restantes procedimientos o recursos judiciales o administrativos lucen prima facie insuficientes o menos aptos para salvaguardar los derechos que se denuncian como conculcados, tal como sucede en los presentes autos, donde se hace mención a incrementos desproporcionados en la tarifa de gas y la necesidad de evitar los cortes en el suministro durante la época de otoño o invierno”, reza el dictamen.

Promovida la acción de amparo contra el Estado nacional, Poder Ejecutivo, Ministerio de Energía y Ente Nacional Regulador del Gas, la Jueza requirió que en un plazo de cinco días ampliados en trece más en razón de la distancia, “informen en forma circunstanciada acerca de los antecedentes y fundamentos de la Resolución 28/16”, aquella con la que se dispuso la aplicación de las tarifas sin que mediase audiencia pública como lo establece la ley.

No obstante ello, Yáñez entiende que “el suministro de gas natural, cuya tarifa excesiva compromete de manera inminente e impostergable las condiciones de vida digna de los habitantes de toda la provincia de Santa Cruz”

Máxime cuando  “la bonificación por ahorro en el consumo” a la que el Gobierno nacional alude en el artículo 2 y 4 de la Resolución 28/16, que tiene por objeto el ahorro en el consumo de gas para acceder a un descuento, “resulta de imposible cumplimiento en atención a las bajas temperaturas ya imperantes en esta época del año”.

La demanda interpuesta por los concejales y el Senador de Cambiemos es el molde y cimiento de todas las demás radicadas en ese fuero dentro del terruño. Y si bien la Jueza no habla en su misiva de otros sectores que no sean los “usuarios residenciales”, no menos cierto es que en su parte resolutiva habla de todos los usuarios, por cuanto se entiende que incluyó a los comercios y pymes.

El freno que Yáñez puso a las tarifas de más del 1000% de aumentos impactará “en beneficio de la totalidad de los residentes domiciliarios de la provincia de Santa Cruz, no solo por los efectos expansivos de las decisiones que recaen en este tipo de procesos, sino también por la necesidad de evitar la multiplicación o superposición de procesos colectivos con un mismo objeto, a fin de atentar el peligro que se dicten sentencias disimiles o contradictorias sobre idénticos puntos”, advierte.

Por todo ello  “en calidad de medida interina… ordenó la inmediata suspensión de los efectos de la Resolución 28/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación.

En este punto, vale mencionar que desde el sector de los amparistas solicitan a la comunidad santacruceña tomar la medida con cautela y no recomendarían no pagar las boletas cuyos vencimientos son inminentes, bajo la premisa de evitar cortes.

De todas formas no es menos cierto que al cierre de esta edición, el sector se encontraba aun cauteloso, habida cuenta de algunos grises que plantea la medida judicial, en cuanto a, por ejemplo, qué sucederá con aquellos usuarios que ya han pagados sus boletas con excesivos aumentos o, desde cuándo Camuzzi debería retrotraer sus tarifas. Por ello, el lunes se presentarán ante los estrados federales de esta capital para acceder a mayor información.

 

(Tiemposur/Minuto Uno)

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